El día 9 de octubre de 1934, se sancionó la Ley N°12.103, creando la ex Dirección de Parques Nacionales, actual Administración de Parques Nacionales y las dos primeras áreas naturales protegidas en la República Argentina, impulsando a los miembros de su Primer Directorio, la formación de un Cuerpo de Guardaparques, cuyo personal estratégicamente distribuido en su extensa jurisdicción, asumiera la responsabilidad de ejercer las funciones relacionadas con la protección de la valiosa biodiversidad genética, relevantes bellezas escénicas e impactantes fenómenos geomorfológicos, que integrando el Patrimonio Natural y Cultural del dominio público nacional, fuera confiado a su custodia.
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Con tal motivo seleccionó entre pobladores de la zona de influencia de los Parques Nacionales Nahuel Huapi e Iguazú, personal baqueano, profundo conocedor del área, adaptado a los rigores climáticos locales y al aislamiento, buen jinete, conductor de vehículos y botes de motor fuera de borda y con aptitudes para desempeñar con real vocación de servicio cualquier tarea de campo.
La función del Guardaparque se cumple a través de su permanente presencia en la seccional asignada a su cargo, mediante continuos patrullajes terrestres y acuáticos ; controlando la actividad de los pobladores, de los campamentistas, de los concesionarios de aprovechamientos forestales y de extracción de leña y caña colihue; fiscalizando las actividades de pesca deportiva; informando, asesorando y auxiliando en imprevisibles emergencias a los visitantes y pobladores; previniendo y combatiendo incendios forestales y/o de pastizales y evitando y sancionando infracciones.