El cura payador había sido condenado a 17 años de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de «promoción de la corrupción agravada, reiterada, y abuso sexual simple agravado en concurso real entre sí».
El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay, integrado por los vocales doctores María Evangelina Bruzzo, Fabián Bernabé López Moras y Melisa María Ríos, bajo la presidencia de la primera de los nombrados, difundió hoy los fundamentos de la sentencia en la causa iniciada al sacerdote Marcelino Ricardo Moya, quien fue condenado a 17 años de prisión de cumplimiento efectivo.

El tribunal no hizo lugar al planteo de extinción de la acción por prescripción promovido por la defensa técnica de Moya, quien fue declarado materialmente responsable de los delitos de «promoción de la corrupción agravada, reiterada, y abuso sexual simple agravado en concurso real entre sí».

Hasta tanto la sentencia quede firme, Moya deberá cumplir las siguientes medidas de coerción:

  • Tendrá que fijar domicilio en la localidad de María Grande, el que no podrá ser variado sin autorización del Tribunal
  • Deberá presentarse semanalmente ante la Comisaría de María Grande, a efectos del control de su residencia
  • No podrá de salir de la provincia de Entre Ríos y del país sin autorización del Tribunal
  • Tendrá prohibido mantener cualquier tipo de contacto con las víctimas.