Tras criticar el hacinamiento en las cárceles, el Defensor General reveló que la Justicia provincial otorgó 14 domiciliarias por COVID-19
“La pandemia del COVID- 19 –afirma Benítez- no hizo más que desnudar la cruda realidad de los distintos sistemas penitenciarios, de la región y argentinos en particular, esto es, lo altísimos niveles de sobrepoblación y hacinamiento existentes en nuestras unidades penales, tal es así, que miles de privados de libertad cumplen sus condenas en Comisarías, es decir en lugares que no fueron destinados ni están preparados para ese cometido, pero al no existir cupo en los lugares creados a tal fin, se utilizan estos como si fuese una alternativa. Esta realidad se agrava por la existencia de una inmensa cantidad de personas privadas de libertad sin condena firme. En el marco del sistema Federal existen más personas presas sin condena que con condenas firmes”.
El Defensor General agrega que “las cárceles en una proporción muy importante son vetustas (algunas del Siglo XIX), es decir no aptas para la rehabilitación de los privados de libertad”.
Benítez hace notar que Entre Ríos, “si bien se encuentra en una mejor situación relativa, no escapa a la realidad descripta. Como aspectos positivos corresponde señalar que no existen personas que cumplan ni un día de pena en comisarías; la sobrepoblación carcelaria es inferior a lo que ocurre en otras jurisdicciones; la enorme mayoría de los privados de libertad tienen condenas firmes, esto es una de nuestras mayores fortalezas, y nobleza obliga, se lo debemos reconocer a la Sala en lo Penal del STJ que en sus diferentes conformaciones desde hace muchos años ha realizado una racional aplicación de la prisión preventiva, generando doctrina en todos los Tribunales entrerrianos”.
Trae luego a colación que diversos organismos internacionales han recomendado, “en virtud del alto impacto que el COVID-19 puede tener en las unidades penales u otros centros de detención, la reducción de los niveles de sobrepoblación y hacinamiento y disponer en forma racional y ordenada medidas alternativas a la privación de libertad intramuros”.
Tras esa introducción que exhibe los argumentos en los que se fundan las decisiones adoptadas, Benítez precisó que en total los dos Juzgados de Ejecución de Penas de Entre Ríos «liberaron» a 64 internos, de los cuales 42 cumplieron íntegramente la pena; a 8 se les otorgó la Libertad Condicional (es decir hubiesen salido de todas formas) y solamente a 14 internos se les otorgó la Prisión Domiciliaria (COVID-19).
Los restantes internos –concluye- fueron liberados por la Justicia Federal (76) o por los jueces de Garantías por agotamiento de la prisión preventiva dictada (22).