Comenzarán a regir nuevas medidas focalizadas de cuidado
“Gracias a la aplicación de las medidas de cuidado que venimos tomando en la provincia empezamos a ver signos claros de desaceleramiento en el nivel de contagios. El sistema de salud sigue tensionado, pero si logramos mantener el descenso de casos vamos por el camino correcto», sostuvo Bordet.
En el resto de la provincia las clases continuarán siendo presenciales.
El mandatario valoró la “adhesión de las y los entrerrianos” a las disposiciones emitidas por la Nación y la provincia en el marco de las recomendaciones de los Comité de Emergencia.
“Una vez más la pandemia nos enseña que si trabajamos unidos, cuidándonos entre nosotros, podemos mejorar la situación. Por eso es tan importante que respetemos y hagamos respetar las medidas de cuidado para poder llevar a cabo más actividades económicas, sociales, educativas y deportivas mientras avanzamos con la vacunación que viene dando muy buenos resultados”, agregó.
Por otra parte, Bordet puso de relieve que “dadas las restricciones que se debieron implementar para reducir la circulación del virus, desde la provincia también hemos llevado adelante una serie de medidas de alivio fiscal que comprende el diferimiento de impuestos provinciales y planes de regularización de deudas muy beneficiosos. Además, decidimos invertir de manera directa en los sectores gastronómico, hotelero, gimnasios y de eventos sociales para contribuir desde el Estado provincial al pago de salarios y sostener las fuentes de trabajo”.
El mandatario reiteró la importancia de “proteger la vacunación manteniendo los cuidados”. “Nuestro sistema de salud está haciendo un esfuerzo enorme en todo el territorio para llegar con la vacuna, pero ese trabajo necesita el compromiso de todas y todos manteniendo la distancia, usando el barbijo, no circulando innecesariamente y cumpliendo las medidas implementadas”, advirtió. “Sólo de esa manera estaremos protegiendo la vacunación y ayudando a reducir la circulación del virus”, concluyó Bordet.
Nuevas medidas
1) Restricción de circulación entre las cero y las seis horas de cada de día, salvo las personas afectadas a las actividades exceptuadas por artículo 11 del DNU 125/21 y artículo 20 del DNU 287/21.
2) Quedan suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares.
3) Se restringe la permanencia de personas en plazas, parques, paseos y espacios públicos, quedando solamente permitida la circulación en dichos lugares.
4) Se establece que la actividad gastronómica (restaurantes y bares) deberá funcionar entre las 6 horas y las 23 horas de cada día, con un aforo del 30 por ciento de ocupación en espacios cerrados. También están habitadas las modalidades de reparto a domicilio y de retiro en comercio.
5) Los talleres artísticos y academias de danzas se realizarán con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 en espacios abiertos, cumpliendo con sus protocolos oportunamente aprobados.
6) Los cines, teatros, centros culturales y otros establecimientos afines tendrán un 30 por ciento de aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.
7) Queda suspendida la competencia deportiva, tanto en espacios cerrados como al aire libre, entre deportistas y equipos de distintos clubes e instituciones, salvo las habilitadas por organismos u organizaciones nacionales.
8) Se permite el entrenamiento y práctica deportiva en clubes y espacios afines con un tope máximo de 15 personas en espacios cerrados y de 30 en espacios abiertos.
9) El coeficiente de ocupación de los espacios cerrados de gimnasios se reduce a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relación con la capacidad máxima habilitada, debiendo estar adecuadamente ventilados en forma constante y dando cumplimiento a las exigencias previstas correspondientes protocolos.
10) Las actividades culturales y deportivas autorizadas, podrán desarrollarse entre las 6 y 23 horas de cada día.
11) Se permite la realización de celebraciones religiosas de 6 a 21 hs, con un aforo del 30 por ciento en espacios cerrados
12) Los presidentes municipales y comunales, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias de cada jurisdicción, podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales, siempre y cuando sean de su competencia.