Cómo acceder al aporte especial para gastronómicos y hoteleros
ATENCIÓN: esta es la documentación que hay que presentar para poder cobrar el beneficio dispuesto por el gobierno entrerriano
Dicha documentación, cuya presentación es de carácter obligatoria incluye constancia de habilitación municipal del establecimiento en el cual funciona la actividad; formulario 931 correspondiente al período abril 2021; reporte del sistema de AFIP con nómina de empleados activos y listado de personal afectados a las actividades (apellido y nombre de cada trabajador, CUIT y CBU/ALIAS o CVU según corresponda).
A su vez, los requisitos son: tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico ante la ATER; poseer una inscripción vigente al Impuesto a los Ingresos Brutos; tener dada de alta en el Impuesto a los Ingresos Brutos alguna de las actividades detalladas en el Anexo del Decreto Nº 1159/21MP; y poseer una inscripción vigente en el Fondo de Integración Social Ley 4035.
Al respecto, el ministro de Producción y Turismo, Juan José Bahillo, indicó que el organismo que se ocupará de realizar el análisis y posterior aprobación de las solicitudes de esta medida, que -sentenció-, “sin dudas resultará beneficiosa tanto para los trabajadores como para los empleadores del rubro”, será la Secretaría de Turismo. Dichas tareas se efectuarán luego del cotejo de la documentación requerida y el cruce de datos con ATER, pidiendo la colaboración de los áreas administradoras de los municipios y de las entidades del sector de ser necesario.
Este aporte no reembolsable de 10 mil pesos se pagará en la cuenta sueldo de cada empleado durante los meses de junio, julio y agosto. Es importante aclarar que la fecha límite de presentación será 22 de junio del corriente inclusive.