Cómo pagará el Estado parte de los salarios de abril de los privados
Lo contempla el programa de Asistencia al trabajo y a la Producción. Cuáles son sus tres beneficios.
La Asignación No Remunerativa se considera a cuenta de pago de los sueldos del personal afectado.
El Estado Nacional, mediante al ANSES, pagará parte de los salarios de abril de los trabajadores de las empresas privadas, mediante el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), y además habrá dos más de los tres beneficios para más de 400 mil empleadores que se anotaron en el ATP, el pasado jueves 16 de abril, con el objetivo de proteger la estructura productiva y salarial en el marco de la emergencia por el Covid-19.
Concretamente, la Asignación Compensatoria del Salario, va a depender del tamaño de la nómina salarial de las empresas.
- a) Empresas hasta 25 dependientes: el 100% del Salario Neto (Bolsillo) con un máximo de 1 SMVM ($16.875) vigente;
- b) Empresa de 26 a 60 dependientes: el 100% del salario neto, con un máximo de hasta 75% del SMVM ($12.656);
- c) Empresas de 61 a 100 dependientes: el 100% del salario neto, con un máximo de hasta 50% del SMVM ($8.437).
Esta Asignación No Remunerativa se considera a cuenta de pago de los sueldos del personal afectado, debiendo las empresas abonar los saldos restantes hasta completar las mismas. El saldo que abonan las empresas en concepto de diferencia se considera remuneración a los efectos legales y convencionales.
2- Se posterga el pago de las contribuciones patronales, mediante el formulario 931 SUSS, del mes de marzo, que vence en abril, se abonará en el mes de junio.
Esta postergación no está del 100% de las cargas sociales, están exceptuados los depósitos a las AAFF; PAMI y Fondo Nacional de Empleo.
Veamos un detalle.
Al Régimen Nacional de la Seguridad Social
- Sistema Integrado Previsional Argentino. Ley 24.241 alícuota 11,07%
- INSSJP – PAMI. Ley 19.032 alícuota 1,62%
- AAFF. Ley 24.717 alícuota 4,83%
- Fondo Nacional de Empleo. Ley 24.013 alícuota 0,98%
- Alícuota Total Al régimen de la seguridad social 18,50%
Al Régimen Nacional de Obra Sociales
- Obra Social. Ley 23.660. Alícuota 6%
Total, de Contribuciones 24,5%
En este sentido, los empleadores beneficiarios de esta medida, podrán diferir el 17,07% de su nómina salarial para junio, sobre los 24,5% que eroga mensualmente. En definitiva, solo pagarán en abril el 7,43% de su nómina salarial.
3- La reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al SIPA del mes de abril que se pagara en mayo.
En este caso, estamos hablando de la totalidad del formulario 931 SUSS que se verían beneficiarios con una quita considerable del pago del mismo en el mes de mayo. Las cargas sociales que se presentan en el mes de abril, y se abonan en mayo, se verían afectadas en un 95% a favor de los empleadores en el caso de salir beneficiario de esta medida.
Tengamos en cuenta que hoy comenzó el proceso de selección, relevamiento y evaluación de los 400 mil empleadores que se anotaron al ATP mediante el ingreso declarado de la facturación nominal (Neta) de 12/03/2019 a 12/04/2019 y de 12/03/2020 y 12/04/2020.
Tengamos en cuenta que si las empresas vieron afectada “considerablemente” su facturación, en boca del ministro de la Producción, Matías Kulfas, más de un 30%, serán beneficiadas con uno o con mínimo dos de los beneficios mencionados.
Se están generando los mecanismos adecuados para que a principios de mayo haya recursos concretos en las cuentas de los trabajadores de la Argentina y sostengamos de esa manera el trabajo y la producción del país.
Recordemos que el programa ATP fue creado mediante el decreto 332/2020 y que para las empresas de mayor tamaño, con más de 100 empleados, se destinará el REPRO Asistencia por la Emergencia Sanitaria para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado. En este caso, el Estado hará un aporte de las empresas de hasta $10.000 por trabajador.
En medio de las medidas implementadas por el gobierno para mitigar el efecto negativo de la pandemia por Covid-19 en la economía, acentuado por la obligatoriedad del aislamiento preventivo, uno de los sectores que puede verse más perjudicado es el de las pequeñas y medianas empresas.