Con diversas medidas fiscales y financieras la provincia apoya las actividades no esenciales durante la pandemia
En el marco de la emergencia sanitaria, el gobierno de la provincia dispuso una serie de medidas de alivio fiscal para los sectores de la economía no declarados esenciales durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio, y por lo tanto, perjudicados por el impacto de la pandemia.
Además, la provincia reglamentó y aplicó la Ley provincial 10.805 que contempla medidas específicas para el sector turístico como por ejemplo la exención del Impuesto a los ingresos brutos por tres meses y el 50 por ciento del impuesto inmobiliario. Esta actividad es una de las principales de la provincia y es también de las más afectadas por la pandemia en todo el mundo. Estas medidas luego que luego fueron ampliadas para las actividades deportivas y culturales en el decreto 1128/2020.
A través del decreto provincial 520/20, y en el marco de la crisis sanitaria, el Poder Ejecutivo provincial estableció la condonación de multas e intereses para todos los impuestos vencidos entre el 17 y el 31 de marzo, permitiendo su cancelación hasta el 30 de junio.
También aplicó el importe cero para los contribuyentes del Régimen Simplificado categorizados en la categoría A y B para el vencimiento de abril, que alcanzó a 30.000 contribuyentes entrerrianos.
En esa línea, sostuvo los montos mínimos en Ingresos Brutos y profesiones liberales a valores enero 2019, y en ese marco, la postergación de la actualización de valores mínimos para régimen general y régimen simplificado de ingresos brutos y profesiones liberales, originalmente previstas para abril 2020.
De la misma manera, continuó sosteniendo los importes de tasas retributivas de servicios a valores enero 2019; y postergó la actualización de los importes de tasas retributivas de servicios originalmente previstas para abril 2020.
Por otra parte, en el marco de la Ley provincial 10.805, y su decreto reglamentario 1222/20, se dispusieron medidas de alivio para el sector de turismo de la provincia. Esto incluyó diferimientos de vencimientos y exenciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuesto Inmobiliario. Luego, a través del decreto 1128/20, se ampliaron los sectores de la economía alcanzados por tales medidas y se incluyeron las actividades del deporte y la cultura.
Al comienzo de la emergencia sanitaria generada por la propagación del Covid-19, a través de la resolución 55/20 de la ATER, la provincia adoptó medidas tendientes a paliar efectos negativos de la situación producida por el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Se detuvieron también los procesos de apremios fiscales en trámite; así como también se suspendieron las caducidades de los planes de pago causados por incumplimiento de las cuotas con vencimiento en los meses de marzo y abril de 2020 de los planes de financiación otorgados bajo el régimen de las resoluciones 24/17 Ater y 432/19 Ater.
Asimismo se modificó el artículo 17° de la resolución N° 599/19 para el vencimiento del segundo anticipo del impuesto inmobiliario urbano del periodo fiscal 2020.
También, a través de la resolución 62/20 de la ATER se prorrogaron los vencimientos del impuesto a los Ingresos Brutos enmarcados en el régimen del convenio multilateral.
Por otra parte, mediante la resolución 61/20 de la ATER se prorrogó el vencimiento del segundo anticipo del impuesto inmobiliario urbano del periodo fiscal 2020, y de la misma manera, a través de la resolución 87/20 se modificaron los vencimientos del ingreso del pago único y del primer anticipo del impuesto inmobiliario rural y subrural de este año.