Deberán pagarle una indemnización millonaria a un entrerriano por la adopción ilegal de su hija
A dos años de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Gobierno argentino efectivizó el pago de la indemnización para Leonardo Fornerón, por la ilegal adopción de su hija, nacida en el año 2000. El fallo destaca varias irregularidades cometidas por jueces entrerrianos en el caso de la beba que fue entregada a un matrimonio y no a su padre biológico que la reclamaba.
Milagros está a punto de cumplir 14 años. Poco a poco va reconstruyendo la relación que le privaron de tener con su padre. Una vez por semana la adolescente lo recibe en Buenos Aires, donde vive, y comparten algunas horas. Hace dos años, en abril de 2012, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó al Estado Nacional por el caso de Leonardo Fornerón, un comerciante de Rosario del Tala, y padre de Milagros. El fallo ordenó restablecer la relación entre padre e hija, impuso una indemnización para ambos y mandó a los jueces entrerrianos a estudiar. Casi nada de todo eso ha pasado.
Hoy, dos años después del fallo y un año después del tiempo máximo que había fijado el tribunal internacional, el Estado Nacional resolvió pagar la indemnización a Fornerón. Lo hizo a través del Decreto Número 751/2014, publicado en el Boletín Oficial y firmado por la presidenta Cristina Fernández; el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich; y los ministros de Relaciones Exteriores, Héctor Timerman; de Economía, Axel Kicillof y de Justicia y Derechos Humanos, Julio César Alak.
El artículo 1 del decreto dispone “el pago en efectivo de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el Caso Nº 12.584 ‘Fornerón e hija vs. Argentina’ por un monto equivalente a 199.046,35 dólares estadounidenses, con más los intereses moratorios que correspondan, para el caso de la indemnización por daño material e inmaterial a favor de las víctimas del caso y por reintegro de costas y gastos, por el lapso transcurrido desde el vencimiento del plazo dispuesto en la sentencia (1 de junio de 2013) hasta la fecha de su efectiva cancelación”.
En la planilla que acompaña el decreto se autoriza una modificación presupuestaria por una suma de 2 millones de pesos para efectivizar el pago de la indemnización a Fornerón y su hija, según pudo saber Página Judicial.
Fornerón se enteró el 3 de julio de 2000 que había sido padre de una niña nacida el 16 de junio en una clínica privada de Victoria. Diana Fernández, la mujer que dio a luz a Milagros, había tenido una relación breve con Fornerón.
El derrotero judicial de Fornerón terminó recién el 27 de abril de 2012, cuando la Corte Interamericana de Derechos Humano condenó al Estado argentino. El tribunal dijo que la adopción no contó con el consentimiento del padre biológico y que los procesos judiciales relativos a la guarda judicial y posterior adopción de la nena y de régimen de visitas no cumplieron con la garantía de plazo razonable porque no fue llevado adelante con la debida diligencia pues “no contó con recursos judiciales adecuados y que se violó su derecho a la protección a la familia y el de su hija”.
“La medida de reparación más importante es que el Estado garantice efectivamente a la niña y al señor Fornerón el relacionamiento conforme a sus necesidades actuales y al interés superior de la niña, siendo el régimen de visitas un primer paso”, consignó el tribunal en otro tramo de su sentencia.
El camino judicial
La historia, para Fornerón, comenzó aquel tercer día de julio y su batalla se inició unos días después, pero ya venía con varios algunos capítulos escritos.
Al día siguiente del parto, sábado, un defensor de Menores, Julio Ramón Francisco Guaita, actual secretario del Juzgado de Garantías y Transición de Victoria, protocolizó un trámite rapidísimo para que la beba fuera dada en adopción a un matrimonio de Buenos Aires. El 11 de julio Fornerón presentó su caso en el Juzgado de Instrucción de Rosario del Tala y una semana después inscribió a la nena como su hija en el Registro Civil de Victoria. Recién el 1 de agosto los adoptantes solicitaron formalmente el otorgamiento de la guarda judicial de Milagros y tres días después el juez Daniel Olarte dispuso el archivo del expediente. La decisión fue apelada y la Cámara del Crimen de Gualeguay revocó el fallo, pero el Superior Tribunal de Justicia (STJ) confirmó la sentencia de primera instancia.
En tanto, el 18 de octubre de 2000, Fornerón se presentó como parte en otra causa, que tenía por objeto la guarda judicial y tramitaba en el Juzgado Civil y Comercial, a cargo de Raúl Del Valle. Allí pidió la restitución de la menor y hasta hubo un estudio de ADN que determinó fehacientemente su paternidad. Pero no hubo caso, el juez otorgó la guarda judicial con fines de adopción a la pareja que hoy tiene a Milagros y que en diciembre de 2005 recibió la adopción simple con cambio de apellido.
El 24 de noviembre de 2008 el entonces ministro de Justicia de la Nación, Aníbal Fernández, puso en conocimiento del gobernador, Sergio Urribarri, su “preocupación” por la denuncia contra el Estado argentino por el accionar de la Justicia provincial. Tras considerar que existió una dilación injustificada de los trámites judiciales, Fernández le requirió que hiciera los esfuerzos a su alcance para reparar “el daño causado” y también que dispusiera medidas para evitar la reiteración de la situación.
Fernández destacó el hecho de que el trámite se hubiera cumplido un sábado, inhábil para la Justicia, y cuestionó la presencia de Guaita en la clínica para labrar las actas. “¿Cuál era el apuro, si se podría haber hecho con los tiempos normales en este tipo de casos, tomando todos los recaudos?”, se preguntó.
La respuesta de la Provincia fue que el 4 de mayo de 2011, en presencia de los vocales de la Sala Civil y Comercial del STJ, el procurador general y el defensor del alto cuerpo, Fornerón y los padres adoptivos de Milagros “acordaron medidas y establecieron régimen de visitas, bajo estricto pacto de confidencialidad, para proteger los derechos de la niña”. Para entonces, la causa había llegado hasta la CIDH.
A clases
Con estos antecedentes, la CIDH castigó duramente a la Justicia entrerriana y al Estado argentino por la vulneración de derechos. El fallo debería avergonzar a todo el Poder Judicial en tanto cuestiona duramente la actuación de los jueces y los manda a estudiar. El tribunal consideró, por unanimidad, que “el Estado es responsable por la violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial (y) por la violación del derecho a la protección a la familia reconocido por la Convención Americana, en perjuicio del señor Fornerón y de su hija”.
Por tal motivo, se dispuso que el “Estado debe establecer de manera inmediata un procedimiento orientado a la efectiva vinculación entre el señor Fornerón y su hija (y) presentar un informe dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la presente sentencia sobre las características, el desarrollo y los avances del proceso de vinculación”. Eso, hasta la fecha, no ocurrió.
Asimismo, insta a “verificar, de acuerdo con la normativa disciplinaria pertinente, la conformidad a derecho de la conducta de los funcionarios que intervinieron en los distintos procesos internos relacionados con el presente caso y, en su caso, establecer las responsabilidades que correspondan”. Eso tampoco ocurrió.
El tribunal internacional también dispuso que “el Estado debe implementar, en el plazo de un año y con la respectiva disposición presupuestaria, un programa o curso obligatorio dirigido a operadores judiciales, incluyendo jueces, defensores, fiscales, asesores y demás funcionarios de la provincia de Entre Ríos vinculados a la administración de justicia, respecto de niños y niñas que contemple, entre otros, los estándares internacionales en derechos humanos, particularmente, en materia de los derechos de los niños y niñas y su interés superior y el principio de no discriminación”.
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