El gobierno redujo más del 60 por ciento el cupo de extracción de pescado para el último trimestre de 2025
La Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca, a través de la Dirección de Recursos Naturales y Fiscalización, dictó una nueva resolución, número 1608, que fija el cupo de extracción de pescado de río correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre de este año.
La medida establece un volumen total de 600 toneladas para la especie sábalo y el denominado pescado de línea. Asimismo, se ratifica la prohibición de pesca comercial del dorado (Salminus brasiliensis), en cumplimiento de la Ley Nº 11.174.
La disposición se sustenta en un informe técnico elaborado por el área de Fauna de la Dirección, que recomienda ajustar el esfuerzo pesquero en función de las condiciones hidrobiológicas y socio-productivas vigentes, priorizando un enfoque de gestión adaptativa y basada en evidencia.
Entre las recomendaciones aplicadas se incluyen mantener las artes de pesca autorizadas, como la red de malla simple de 14,5 cm entre nudos opuestos; y restringir la pesca artesanal y comercial a los días lunes a jueves, ampliando la prohibición los días viernes, sábados, domingos y feriados. Asimismo, implementar una veda preventiva del 20 de diciembre de 2025 al 20 de enero de 2026, con el fin de proteger las poblaciones ícticas frente a las condiciones ambientales del período estival.
La resolución dispone, incluso, la prohibición de la pesca comercial y el acopio de productos los días viernes, desde las 0 horas hasta los domingos a las 24, y durante feriados nacionales y provinciales, entre el 7 de noviembre y el 19 de diciembre de 2025.
La actualización del cupo responde a la necesidad de armonizar los aspectos ambientales, técnicos, comerciales y sociales vinculados con la actividad pesquera, procurando un uso racional y sustentable del recurso. Cabe destacar que, en comparación al año pasado, tuvo una reducción que supera el 60 por ciento.
Desde el área técnica se fundamentó que el monitoreo permanente del río y de las capturas permite adoptar decisiones equilibradas que aseguren la preservación de las especies y la continuidad de la producción pesquera artesanal y comercial. La normativa también ratifica la vigencia de la Resolución Nº 276/07, que prohíbe la pesca de la especie surubí (Pseudoplatystoma coruscans) desde el 15 de agosto al 15 de marzo de cada año, en todo el ámbito provincial. La asignación particular de cupos será definida desde la Dirección y la emisión de guías de transporte de pesca se suspenderán una vez alcanzados los volúmenes autorizados.


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