En 2017, se juzgará a empleados del CGE por cobros indebidos
Cuatro liquidadores, los más complicados. Junto a 16 agentes están procesados por el delito de peculado
En 2017 se cumplirá una década de la maniobra delictiva perpetrada por un grupo de cuatro liquidadores del Consejo General de Educación (CGE), que según se desprende de una investigación judicial, actuaron en connivencia con otros 16 agentes de la repartición, cobrando haberes en forma indebida, en cuyas liquidaciones se incluyeron diferentes códigos que luego no pudieron ser justificados. La causa que se tramita por el viejo Código Procesal Penal finalmente fue elevada a juicio en septiembre, por lo que ahora será la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) la que defina la fecha para el debate oral y público, una decisión que se encuentra sujeta a la agenda del Poder Judicial.
A los liquidadores de sueldos Sergio Romeo Medina, Daniel Efraín García, Gastón José Armando Sánchez y Alberto Segundo Moyano se los procesó como autores materiales del delito de peculado, mientras que al resto de los empleados se los encuadró bajo la figura de partícipes necesarios.
Sobre el grado de responsabilidad en los hechos anteriormente mencionados de los acusados, la fiscal Laura Cattaneo en el requerimiento de elevación a juicio formulado en el mes de mayo, reconstruyó una operatoria que demuestra que Medina, García, Sánchez y Moyano, en su calidad de funcionarios públicos, «apartaron de su destino específico los caudales públicos que les fueron confiados» liquidando retroactivos indebidos a otros 16 agentes estatales.
Como sostiene en su argumentación, la acusadora determinó que existieron pruebas suficientes para sostener la veracidad de los hechos que se perpetraron entre 2007 y 2008. De la misma forma determinó que las liquidaciones de haberes cargadas en el sistema, sin respaldo documental que las justificara, fueron realizadas con sus claves personales desde las computadoras de la oficina donde desempeñaban sus labores. Así, por ejemplo, el hecho atribuido a Medina alcanzó a 14 agentes del CGE; el atribuido a Sánchez involucró a 11, el enrostrado a García llegó a ocho y el intimado a Moyano alcanzó a 4; sumado a que, en algunos de los casos, se les liquidaron a esos agentes haberes indebidos en más de una ocasión. Todos los acusados se defendieron diciendo que era habitual que una vez ingresada la clave personal el equipo de computación quedara abierto y no era de extrañar que abandonaran su lugar de trabajo para realizar otras tareas administrativas, lo que permitiría que eventualmente terceros pudieran ingresar los aportes irregulares en las computadoras que tenían las sesiones abiertas.
Esta posibilidad fue rápidamente desestimada por el Ministerio Público Fiscal, ya que en la merituación de la prueba se sostuvo que «es difícil imaginar que justamente los cuatro liquidadores hayan sido tan poco diligentes con su trabajo, máxime que en el lugar donde desempeñaban sus tareas reinaba el desorden y la falta de seguridad, como algunos de ellos lo sostienen y se visualiza en fotografías agregadas al expediente». Para reafirmar que los funcionarios actuaron con dolo, se tomó como ejemplo la actitud del imputado Medina, quien luego de descubrirse la maniobra delictiva no se presentó a trabajar aduciendo problemas de salud.
¿Robo hormiga?
Durante diferentes meses del año 2007, así como también de 2008, se detectaron liquidaciones de retroactivos indebidos en las cuentas de más de una decena de empleados administrativos del CGE. El cobro de estos montos se canalizaba a través de asignaciones familiares; salario familiar por hijo; asignación familiar por menor a cargo; salario familiar por hijo diferenciado; salario familiar e hijo a cargo; salario por hijo con grado de discapacidad.
En el pedido de elevación a juicio, la fiscal Cattaneo pudo corroborar que el liquidador Gastón Sánchez liquidó haberes por 30.875 pesos a 11 agentes del organismo en concepto de retroactivo por asignaciones familiares, con quienes se encontraba en connivencia. Similar operatoria se reiteró con los demás integrantes del área Liquidaciones.
El ilícito quedó al descubierto por la denuncia presentada en la Justicia por la responsable de la División de Salario Familiar, Enseñanza Media, Superior y Privada del CGE, Silvia Del Valle Veliz. La funcionaria, al ratificar lo dicho en su declaración testimonial, contó que a partir del relato de una de las contadoras de la División tomó conocimiento de un código liquidado en forma irregular en el recibo de uno de los agentes. En principio decidió poner en conocimiento de la situación al Coordinador General de Liquidaciones, Néstor Griffoni, con quien discreparon en el modo de resolver el problema. Finalmente, decidió solicitar una auditoría y pidió a Griffoni que le indique como proceder respecto a los descuentos.
Por su parte, el titular de Liquidaciones también radicó una denuncia, en la que detalló con pormenores cómo el gobierno provincial, mediante un sistema único y centralizado, «carga los datos, los controla, da el alta y baja de los distintos códigos que componen el salario y la documentación respaldatoria necesaria». En su testimonial, Griffoni, dijo que el 1º de julio de 2008 solicitó documentación que respalde las liquidaciones de seis empleados y que recibió como respuesta que respecto a los empleados Calvi, Fontana, Mendoza y Luna no se halló la documentación que justificara los retroactivos que se les habían liquidado. En la documental incorporada a la causa se indicó que varios de los empleados que fueron acusados de esta maniobra celebraron un convenio para devolver el dinero percibido en forma irregular, así como también varios de ellos resultaron sobreseídos. Cuando sucedieron los hechos, Graciela Bar era presidenta del CGE y ordenó sanciones para los agentes procesados, que fueron desde la exoneración hasta la aplicación de días de suspensión sin goce de haberes.
Los liquidadores como el resto de los agentes involucrados fueron procesados por el juez de Instrucción, Gustavo Maldonado. Para este delito el Código Penal prevé una pena de prisión que va de los 2 los 10 años e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos.
Una causa demorada y que espera resolución
Desde que se formuló el requerimiento de elevación a juicio, en mayo, hasta la confirmación de aquella petición con un auto fundado (en septiembre), las defensas técnicas de cada uno de los imputados tuvieron la posibilidad de oponerse a esta solicitud o pedir el sobreseimiento. «La OGA tendrá que hacer el sorteo del tribunal que actuará en el debate, después ese tribunal hace lo que se llama citación a juicio; es decir una resolución que cita a los fiscales y a los abogados, para que las partes propongan pruebas para el juicio. Como esta causa se tramita por el sistema viejo, no necesariamente tienen que ir a declarar todos los testigos que lo hicieron en la instrucción. Al menos se puede incorporar las lecturas. A los testigos más importantes los llaman a declarar», le dijo a UNO la fiscal Laura Cattaneo.
Explicó que en esa instancia se pueden recusar al tribunal que vaya a ser sorteado y además tienen la posibilidad de hacer el ofrecimiento de pruebas.
Posteriormente el tribunal designado dictamina si el material probatorio es procedente, que va a ser incorporada al juicio y cuáles testigos serán citados. En última instancia define la fecha de audiencias.
Sobre una fecha tentativa de juicio aseguró: «Eso depende de la OGA y de su agenda. Entiendo que tienen por delante un cronograma bastante cargado. Esa es la idea que tengo; se están demorando mucho. Incluso tienen prioridad las causas con personas detenidas, y esta causa esa prioridad no la tiene. Aunque sí la puede tener por tratarse de un caso antiguo».
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