La conducta de Emiliano Torrán al mando de un vehículo era crónicamente imprudente: no solo en el instante en que provocó la muerte de Emiliano Chaix, sino en las horas previas y cada vez que salía una noche a dar vueltas por el centro de Concepción del Uruguay, circulaba a alta velocidad y provocaba encontronazos con otras personas, según se determinó en el juicio. Ayer fue condenado a seis años de prisión efectiva por Homicidio culposo, la segunda más alta (al menos según el registro de las causas que han tenido alguna divulgación) que se haya impuesto en la provincia por un crimen vial. La supera solo la sanción de ocho años y cuatro meses de prisión impuesta a Silvio Díaz por la muerte de un niño en Paraná.
Chaix era un comerciante de 33 años, muy conocido, que tenía un bar-pub en Concepción, lo que le dio al hecho una mayor trascendencia y repercusión pública. En la madrugada del 14 de julio de 2018 regresaba de trabajar acompañado por su novia, Daiana Arce. En la intersección de calles Rocamora y Combatientes de Malvinas su auto Fiat Palio fue embestido en su lateral izquierdo por un auto Renault Captur. Este vehículo era conducido por Torrán, de 20 años.
Las consecuencias del impacto revelaron por sí mismas la gravedad de la imprudencia del conductor: Chaix falleció por estallido de cráneo al impactar su cabeza contra el parante del vehículo y quedó sin vida sobre el regazo de su novia.
A lo largo de dos semanas se llevó adelante el juicio contra Torrán, donde declararon unos 30 testigos, entre ellos peritos y familiares de la víctima y el acusado, se observaron filmaciones de cámaras de vigilancia y se analizaron diversas pruebas.
Los peritos estimaron que Torrán conducía a una velocidad de 67,52 kilómetros por hora, es decir en exceso a la máxima permitida, en una calle muy céntrica, a tres cuadras de la Peatonal. Pero en la investigación se determinó que previamente circulaba por la ciudad con la misma actitud temeraria: por bulevar 12 de Octubre iba a más de 100 km/h, en calle 9 de Julio había tenido un altercado de tránsito con otras personas y hubo evidencias de que en días anteriores se conducía de la misma forma. El análisis de sangre y orina arrojó que no iba bajo efectos de ninguna sustancia alcohólica o estupefaciente.
Ayer, el tribunal integrado por Mariano Martínez, Rubén Chaia y Evangelina Bruzzo adelantaron la resolución de la sentencia. La pena de seis años de prisión por la muerte de Chaix y las lesiones de la acompañante fue cercana a la solicitada por la fiscal María Albertina Chichi de seis años y medio. El querellante Sebastián Arrechea había solicitado 12 años y seis meses de cárcel por Homicidio simple con dolo eventual, igual delito por el que fue condenado Silvio Díaz en Paraná. El fallo también condenó a Torrán a abonar 2.881.000 pesos para el resarcimiento civil para la familia de la víctima, sanción que se hizo extensiva a la empresa Seguros Rivadavia. Los abogados defensores José Ostolaza y Pablo Sotelo habían pedido una condena de prisión condicional por Homicidio culposo, y tras este revés aguardan conocer los fundamentos para recurrir la sentencia ante la Cámara de Casación Penal.
Condenado por abandono de persona en un accidente
En horas de la tarde de ayer se realizó una audiencia de juicio abreviado en los Tribunales de Paraná, donde un joven de 20 años aceptó cumplir una pena de prisión condicional por una tragedia vial ocurrida el 29 de abril de 2018.
La investigación instruida por la fiscal Paola Farino determinó que M.G. conducía una moto Yamaha por avenida Almafuerte de Paraná, y en el mismo sentido iba, en una moto Honda CG Titán, Adrián Da Silva, de 17 años. Al parecer ambos iban corriendo una picada. Según un testigo y por lo revelado por la grabación de una cámara de vigilancia, cuando Da Silva intentó pasar a M.G., este se cruzó en el trayecto para evitarlo, por lo que la rueda delantera de la Honda tocó la trasera de la Yamaha. De este modo, Da Silva cayó al suelo y su cuerpo fue hacia el carril contrario, justo cuando pasaba un auto Fiat Palio, que lo embistió y le ocasionó un aplastamiento de cráneo. El adolescente, oriundo de la provincia de Misiones, falleció en el acto.
Luego, M.G. se detuvo, se acercó caminando a la víctima, regresó a su moto, se subió y huyó. Un rato después se entregó en la comisaría de Crespo. En tanto, el conductor del Palio detuvo su vehículo, no se bajó, y tras unos minutos arrancó y también abandonó a la víctima en el lugar.M.G., asistido por el abogado Walter Yauck, acordó con la fiscal cumplir la pena de tres años de prisión condicional y cinco años de inhabilitación para conducir vehículos, por los delitos de Homicidio culposo y Abandono de persona en grado de tentativa.
En la audiencia de ayer, el juez de Garantías Ricardo Bonazzolla le explicó al joven los alcances del procedimiento de juicio abreviado, y el imputado dijo que confesaba y consentía el acuerdo. Se mostró arrepentido por el hecho y por su actitud posterior.La fiscal Farino detalló las pruebas que corroboran la imputación, más allá de la confesión, desde las pericias de Accidentología Vial hasta los videos de cámaras particulares de la zona y de testigos presenciales del siniestro. También actuaron los abogados querellantes Esteban Antico y Grabriel Brezan, en representación de la familia de la víctima, quienes dieron su consentimiento al acuerdo. La semana que viene el juez anunciará si homologa o no el acuerdo. Aún resta definir la situación del otro conductor, que está imputado por Abandono de persona. Habría un avance para una solución alternativa a una pena, aunque al parecer no hay convencimiento de la querella en tal salida.