Las medidas cautelares estableces un plazo de 180 días al tiempo que se recomendaron patrullajes, ubicación de faros o puestos fijos, monitoreos satelitales diarios o la búsqueda de otras medidas alternativas.

La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario ordenó hoy a la ciudad de Victoria y al gobierno de la provincia de Entre Ríos a ponerle freno a los incendios en el sector de islas de su jurisdicción por 180 días, en el marco de una serie de medidas tomadas para aliviar la situación que afectó a ese humedal y que provocó que el municipio de Rosario realizara numerosas denuncias en ese sentido.

La causa se originó por una acción colectiva iniciada por un abogado rosarino y que había sido rechazada en primera instancia al declararse incompetente la jueza en cuyo juzgado recayó el reclamo.

La medida se suma a las ya dictadas por el gobierno nacional que actuó en ese mismo sentido, aunque luego de la disposición nacional prohibiendo la quema de pastizales también por el lapso de 180 días, los incendios continuaron y, en algunos momentos, él humo provocó serios inconvenientes no sólo en Rosario sino en numerosas localidades del cordón costero norte y sur del río Paraná.

Hoy, por mayoría -las cautelares salieron con los votos de los magistrados Aníbal Pineda, Fernando Toledo y en disidencia parcial de Fernando Lorenzo Barbará-, la Cámara de Apelaciones ordenó a la provincia de Entre Ríos y a la Municipalidad de Victoria la suspensión de cualquier autorización de quema controlada en la zona del Delta del Río Paraná en los próximos seis meses. Además, se ordenó al Ministerio de Medio Ambiente de la Nación y al Ministerio de Seguridad de la Nación que, en ese lapso, establezcan, coordinen y garanticen un «sistema permanente de control preventivo» en las islas para que aquellas quemas o focos pequeños sean encontrados lo más rápido posible para controlarlos y de esta manera evitar su propagación.

 También se hicieron recomendaciones entre las que figuran: patrullajes diarios dentro del humedal con la presencia de aviones hidrantes; la ubicación de faros o puestos fijos de control en puntos estratégicos que se desprendan de un mapeo de la zona que se deberá confeccionar sobre los lugares donde hay más incendios; un monitoreo satelital diario y permanente de la zona; medidas alternativas a estas que permitan prevenir y detectar de forma temprana el fuego.

 

Además, la Justicia exige a ambos Ministerios informes bimestrales que muestren el cumplimiento de las actividades anteriores.