La Justicia obligó a una pareja a cumplir con la vacunación de su hijo recién nacido
La Justicia obligó a una pareja a cumplir con la vacunación de su hijo recién nacido.
A fines del año pasado, tras el nacimiento de su bebé, una pareja se opuso a que fuera vacunado. Su argumento es que la inmunización podría ser riesgosa. La polémica entre los padres y los médicos llegó a la Justicia, que en pocos días se expidió: resolvió que el chico debe ser vacunado, incluso, de forma compulsiva. La Cámara Nacional en lo Civil confirmó la sentencia que intima a los padres del recién nacido a que cumplan con la aplicación de las vacunas anti hepatitis y contra la tuberculosis. En coincidencia con el fallo de primera instancia, la Sala de Feria de la Cámara cursó la orden bajo apercibimiento de disponer «la vacunación compulsiva del bebé».
La causa se inició cuando desde un sanatorio porteño, donde el 28 de diciembre nació T.S. informaron que los padres, identificados por las siglas P.C.F. y M.E.C., se opusieron a cumplir con el «calendario oficial» que prevé la aplicación de las vacunas anti hepatitis B y BCG (contra la tuberculosis). Vale remarcar que la institución (hospital o clínica) tiene la obligación de denunciar si un recién nacido o un menor no fue vacunado cuando corresponde.
Tomó intervención la Defensoría de Menores e Incapaces y logró el fallo de primera instancia, que fue apelado por los progenitores del recién nacido, quienes sostuvieron que su negativa se debía a que la vacunación de T. S. suponía un «alto riesgo para su salud con peligro de muerte súbita».
Según constancias del expediente, los padres aportaron un certificado médico y argumentaron que la falta de aplicación de las vacunas «de ninguna manera puede derivar en una pandemia o epidemia generalizada que ponga en riesgo la salud de la población».
Para la infectóloga Carla Vizzotti, quien trabaja en la Fundación Huésped, “es falso que se diga que una vacuna puede provocar muerte súbita. No hay pruebas ni antecedentes que evidencien que la muerte súbita se pueda deber a la vacuna de contra la hepatitis B o la BCG”.
¿De dónde salen esas justificaciones? “La mayoría son certificados truchos de médicos que suelen estar en contra de la vacunación, entonces inventan información falsa, contraindicaciones, que luego los padres repiten”, hace saber la profesional de extensa trayectoria.
La Cámara analizó que si bien «el régimen legal aplicable al caso varió durante el escaso tiempo transcurrido entre la resolución apelada y el presente pronunciamiento», por la entrada en vigencia, hace dos semanas, de la ley 27.491, se mantiene la «obligatoriedad» para todos los habitantes del país de aplicarse las vacunas incluidas en el plan oficial.
En la Argentina la vacunación es gratis y obligatoria desde 1983. «Resultan un bien social que están por encima de lo individual. El adulto tiene la obligación de vacunar al menor con el fin de interrumpir la circulación de virus y bacterias. Esa vacunación impactará en beneficio de terceros», explica Vizzotti.
Y se utilizó como argumento que la ley remarca «la responsabilidad de los padres, tutores, curadores, guardadores, representantes legales o encargados de los niños, niñas, adolescentes o personas incapaces por la vacunación de las personas a su cargo».
El tribunal ponderó, además, «la facultad de la autoridad sanitaria para promover acciones tendientes a efectuar la vacunación, que van desde la notificación hasta su aplicación de manera compulsiva», en caso de omisión.
«La pretendida decisión de los padres no forma parte del ámbito protegido de autonomía familiar, pues su postura repercute de manera directa tanto en la salud de su hijo como en el conjunto de la sociedad», expusieron los camaristas Víctor Liberman, María Isabel Benavente y José Fajre.
Finalmente, agregaron que la vacunación obligatoria cumple con garantías constitucionales porque «resguarda la salud del niño involucrado, entendida en su máxima expresión conforme los instrumentos internacionales ratificados por el país y protege la eficacia del propio sistema y con ello los intereses de la comunidad en su conjunto».
«A los médicos nos cuesta bastante trabajo entender a padres y a pacientes que se pronuncian contra la vacunación. Están los anti-vacunas y los fundamentalistas, a quienes es imposible convencer», expresa la infectóloga pediatra Charlotte Russ. «Quizás nosotros tengamos algo de culpa porque no supimos explicar los beneficios de ciertas vacunas».
Miembro de la comisión de infectología de la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP), Russ afirma que «las vacunas pueden producir efectos adversos, aunque mínimos en relación a todo lo que protege. Tenemos que meternos en la cabeza que son imprescindibles para este bebé y para la población también».
Más allá del fallo de la Justicia, que ordenó a los padres a vacunar a su bebé, de lo contrario se realizará bajo apercibimiento de hacerlo de manera compulsiva, hasta este jueves no se lo había vacunado al bebé.
Antecedente
El 18 de enero de 2018, una jueza de Familia ordenó a los padres de una beba a que le den las vacunas obligatorias, ya que estos se negaban por una creencia familiar. Ocurrió en la ciudad chubutense de Comodoro Rivadavia.
Todo se inició el viernes 12 de enero cuando desde una clínica privada de la ciudad petrolera se comunicaron con la asesora de Familia para indicar que había surgido un problema con dos padres que se negaban a vacunar a su beba.
El hecho fue notificado al Juzgado de Familia Número 1, que constató que los padres querían vacunar a la pequeña luego de los seis meses, pues consideraban que su hija estaba sana y que la lactancia materna sería su principal defensa, y argumentando que, en su momento, el pediatra de cabecera los autorizó a no hacerlo.
La magistrada dictó el fallo donde decidió ordenar la vacunación en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 22.909 y considerando que era un requisito fundamental para prevenir enfermedades y emitir el certificado de nacimiento y documentos de identidad.