Los Etchevehere deberán pagar 500 mil dólares por malversar créditos bancarios
Los tres hermanos varones y su madre deberán pagar 500 mil dólares. Desviaron un crédito para, se presume, concretar el vaciamiento de El Diario, donde echaron a 80 trabajadores
La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná confirmó la condena a Luis Miguel, Sebastián y Juan Diego Etchevehere, y la madre de ellos, Leonor María Magdalena Barbero Marcial, por haber hecho una falsa declaración cambiaria e incumplimiento de la finalidad específica de préstamos en moneda extranjera y ratificó el monto de la multa que les había impuesto el juez de primera instancia.
Se trata de una denuncia promovida por Dolores Etchevehere, en el marco de la batalla legal que viene manteniendo con su familia, por la malversación de los fondos obtenidos a través de una línea de crédito de financiaciones de exportación.
Entre julio y agosto de 2011, la empresa Las Margaritas SA, el conglomerado productivo de la familia Etchevehere, recibió dos créditos por una suma total de 250 mil dólares que pertenecían a una línea de financiamiento que había lanzado el Banco Itaú para “productores, procesadores o acopiadores de bienes, siempre que cuenten con contratos de venta en firme de la mercadería a un exportador, con precio fijado o a fijar en moneda extranjera –independientemente de la moneda en que se liquide la operación– y se trate de mercaderías fungibles con cotización, en moneda extranjera, normal y habitual en los mercados locales o del exterior, de amplia difusión y fácil acceso al conocimiento público”.
Las Margaritas SA, la empresa de los Etchevehere, tenía contratos firmados a cinco años con Molinos Río de la Plata y Los Grobo para la exportación de soja. Pero los Etchevehere han argumentado que no pudieron cumplir con esos compromisos por una sequía que alteró los ritmos de la producción y para evitar que el dinero “permaneciera inmovilizado e improductivo” decidieron ofrecérselo a los socios.
Esto ha sido ratificado por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) en un informe anexado a la causa judicial donde consta que “los contratos no se habrían cumplido en tiempo y forma dado que los fondos inicialmente liquidados en el Mercado Único y Libre de Cambios habrían sido utilizados para el uso personal de sus accionistas”.
En el fallo de la Cámara Federal de Apelaciones se consignó que “ha quedado demostrado que la firma y sus directores incumplieron con el destino específico de los préstamos, atento que, en lugar de acatar lo establecido en los contratos de venta en firme de mercadería al exportador –Molinos Río de la Plata SA–, en el cual se comprometían a entregar a este un total de 1.000 toneladas de soja, cada una por 200 toneladas con entregas consecutivas al 31 de mayo de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, finalmente, por decisión del directorio se utilizaron para que Leonor María Barbero Marcial, Juan Diego Etchevehere, Arturo Sebastián Etchevehere, y Luis Miguel Etchevehere se autofinanciaran un préstamo de 250.000 dólares, neto de comisiones e impuestos y a una tasa del 8 por ciento anual, por lo que se evidenció la falsedad de la declaración jurada cambiaria, suscripta para el otorgamiento de los créditos”.
El tribunal, integrado por Mateo Busaniche, Cintia Gómez y Beatriz Aranguren, desechó las distintas opciones que ensayó la defensa de los Etchevehere: ni los delitos estaban prescriptos, ni la conducta que se les reprochada era “insignificante”, ni las normativas del Banco Central son ambiguas, confusas y de “dudosa constitucionalidad”.
Tampoco atendió el argumento de que los Etchevehere desconocían que los créditos no podían utilizarse para otra cosa. “Los involucrados tenían conocimiento de la maniobra que realizaron”, dijo el tribunal, y a tal punto lo sabían que para poder acceder a esa línea de financiación, Leonor Barbero Marcial, en su carácter de presidenta de Las Margaritas SA, firmó una declaración jurada donde consta que la condición de admisibilidad del crédito era que el dinero tenía un destino específico.
El delito imputado prevé una sanción de multa de hasta diez veces el monto de la operación en infracción. El tribunal multiplicó por dos el monto original del crédito. Los Etchevehere decían que se había tratado de una operación con valor referencial dólar, pero que nunca implicó la entrega por parte del banco ni la devolución en dólares. Habrían recibido, dicen, 1.066.000 pesos, equivalentes a 250.000 dólares, y pretendían que la multa se calcule también en pesos. Pero no tuvieron suerte.
Ahora bien, ¿qué hicieron los Etchevehere con ese dinero? El fallo no lo dice. Pero en otro expediente se determinó que fue desviado a las cuentas personales de los socios y de allí pasó a dos cuentas de Sociedad Anónima Entre Ríos (SAER), que a su vez lo utilizó para el pago de sueldos y otros gastos. Todo ello en el marco del acuerdo con el empresario santafesino Walter Grenón para el vaciamiento patrimonial de El Diario.