El juez federal Leandro Ríos resolvió este martes la situación procesal del concejal Emanuel Gainza (Cambiemos) y dispuso su falta de mérito en la causa en la que se investigan presuntos vínculos entre el gobierno local y el narcotráfico, en la que están procesados el intendente Sergio Varisco y el narcotraficante Daniel “Tavi” Celis, entre otros, y en el marco de la cual cumplen prisión preventiva el también edil Pablo Hernández y la funcionaria municipal y suboficial de la Policía de Entre Ríos Griselda Bordeira.juez_leandro_rios

La disposición del magistrado, plasmada en un escrito de unas 70 páginas al que accedió ANÁLISIS DIGITAL, no desvincula a Gainza de la causa, sino que significa que el magistrado no encontró en esta etapa elementos de prueba suficientes para su procesamiento. Puntualmente, el juez indicó que complican al edil los dichos de Luciana Lemos -cuyas declaraciones fueron consideradas «verosímiles»- pero que «resulta razonable» dictar la falta de mérito, a la espera de testimonios de policías y civiles y el análisis del teléfono de Varisco y de otros dispositivos secuestrados en el marco de la investigación, entre otras pruebas. En la resolución también se dispuso mantener la falta de mérito del empleado municipal Ernesto González.


El Concejo Deliberante de Paraná votó la semana pasada sobre tablas por unanimidad otorgar a Gainza licencia por tiempo indeterminado, hasta que se resuelva su situación judicial. El edil había presentado un proyecto en ese sentido, pero solicitando licencia solo por una semana.

En la resolución conocida este martes, se explica que si bien en la investigación se consideró tanto a González como a Gainza como posibles correspondientes con la anotación “Gonza” detectada en los cuadernos secuestrado a Luciana Lemos, ex mujer de Celis, como presuntos compradores de un kilo de cocaína a 150.000 pesos, “la mayoría de las pruebas señaladas no se han producido actualmente y las incorporadas resultan insuficientes para atribuir una relación normativa de dominio o disposición por parte de ambos imputados sobre el estupefaciente hallado”.

“Para sostener esta hipótesis, se debe tener en cuenta que Lemos indicó –por dichos de Celis– que fue Gainza quien le compró un kilogramo de cocaína en todo el período investigado, pero nunca tuvo contacto telefónico, ni personal con él, a diferencia del resto de los coimputados. Asimismo, el nombre clave ‘Chino’ se lo habría proporcionado el propio Celis, pero el número de teléfono celular al cual llamó el 25 de abril de 2018 (correspondiente a Gainza) se lo habría suministrado Hernández”, se indicó en el texto, al tiempo que se señaló que “en ese corredor de ideas, del peritaje telefónico efectuado sobre el teléfono celular de Lemos solo se ha podido constatar una llamada perdida al teléfono de Gainza, la cual tampoco fue devuelta y, al momento de llevar los 6 kilos de cocaína a la Municipalidad de Paraná, el tóxico adquirido por Gainza ya estaba pago” y, además, nunca pudo ser entregado al edil.

Más adelante, se reseñó una pericia realizada sobre el teléfono celular de Gainza que arrojó que fueron borrados registros de llamadas en un período temporal “de vital importancia para la pesquisa”. No obstante, más allá de que se consideró estar ante “una sugestiva maniobra de autoencubrimiendo que genera un riesgo procesal de obstaculización del proceso”, se admitió que “desde un punto de vista material resulta insuficiente para corroborar que Gainza fue quien adquirió la droga para ser distribuida durante la campaña electoral”.

“En base a ello y atento los elementos probatorios que aún pesan sobre el mentado, particularmente el testimonio brindado por Lemos en ambas declaraciones ampliatorias, no se lo puede desvincular definitivamente del proceso”, se indicó luego, antes de valorar la palabra de Lemos, aún considerando que está imputada en la causa, por la “verosimilitud” del relato y su “grado de detalle”.

Para el magistrado “resulta razonable” mantener la falta de mérito para González y dictar la misma medida respecto de Gainza “hasta tanto se cuente con los relatos de los testigos civiles y policiales, como el análisis informático sobre el teléfono celular de Varisco, sobre el Icloud de Gainza y sobre gran parte de las computadoras secuestradas en la causa, como así también el informe de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado de la Corte Suprema de Justicia sobre el listado de las llamadas entrantes y salientes correspondientes y el informe de la División Lavado de Activos de Policía Federal Argentina sobre la documental secuestrada en la Municipalidad de Paraná y se incorporen nuevos elementos de los legajos de investigación”.

Ríos también dispuso mantener la falta de mérito de Ernesto Ramón González, empleado municipal que estuvo a cargo de la Unidad Municipal Nº 2 y que actualmente revista en la dirección a cargo del funcionario Roberto Sabbioni.

De ANÁLISIS DIGITAL