Prorrogan hasta el 30 de junio la suspensión de cuentas bancarias

Lo dispuso el gobierno a través del Boletín Oficial.

La suspensión se había establecido originalmente entre el 24 de marzo y el 30 de abril, pero a raíz de la prórroga de la cuarentena, el Poder Ejecutivo dispuso extenderla dos meses más.

También se extendió hasta el 30 de junio la obligación establecida en el artículo 12 de la Ley N° 14.499, respecto de que las instituciones crediticias requieran a los empleadores, en forma previa al otorgamiento de crédito, una constancia o declaración jurada de que no adeudan suma alguna en concepto de aportes y/o contribuciones, o que, habiéndose acogido a moratoria, se encuentran al día en su cumplimiento.

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