El organismo mantiene un régimen de reintegros del 10% para quienes compren con débito en carnicerías adheridas al programa. Los detalles.

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La AFIP mantiene un régimen de reintegros del 10% para consumidores finales que realicen compras en carnicerías con tarjeta de débito, prepagas o similares asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras o fintech.

La medida entró en vigencia en marzo y estará vigente hasta el 31 de diciembre de este año. La norma también ofrece un diferimiento por 90 días en el pago de obligaciones impositivas a los comercios enmarcados en esta actividad.

El beneficio consiste en un reintegro del 10% del monto de la operación realizada en establecimientos dedicados a la comercialización de carne vacuna, con un tope de devolución de hasta $2.000 mensuales.

Así, las entidades financieras deben acreditar la suma en las cuentas de los consumidores finales a los cuatro días de concretada la operación, y el detalle deberá figurar en el resumen de cuenta físico o electrónico de los clientes. Para ello, el organismo creó el “Registro de carnicerías”.

Los comercios que revisten la categoría de Responsable Inscripto o sean monotributistas con hasta tres empleados declarados, fueron incorporados de manera automática.

El resto de los contribuyentes debe inscribirse a través del Sistema Registral del sitio web del organismo.

Carnicerías con reintegro de AFIP: los beneficios impositivos


La medida de AFIP otorga a los comercios inscriptos en el régimen tres meses de gracia para el pago del IVA o del componente impositivo del monotributo en los casos en que estén adheridos al régimen simplificado.

Los consumidores podrán acceder al listado de comercios inscriptos en el sitio web de la AFIP, así como el de las entidades financieras y fintech que se incorporen al régimen de reintegros. El objetivo de esta medida es estimular la formalización de la economía y el cumplimiento tributario.