Sobreseen a entrerriano en una causa por quemas que afectaban a Santa Fe y otro sigue con probation

En una reciente resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, se declaró la extinción de la acción penal y el sobreseimiento del productor ganadero entrerriano Jorge Alberto Elorza, uno de los imputados en una causa por incendios en la zona de islas del lado santafesino.
Según supo AHORA, la investigación se inició el 18 de julio de 2020 por disposición de la fiscalía Federal Nº1 a cargo de Gustavo Onel. Ese día el representante del MPF ordenó que se identifique a los responsables de las quemas de pastizales ocurridas en zona de islas del Río Paraná que cubrían con humo la ciudad de Santa Fe.
El trabajo de investigación de Prefectura Naval Argentina culminó el 10 de agosto de 2020. Ese día, los uniformados detectaron en la Isla Puerto de Curtiembre ubicada en el Kilómetro 655, margen derecha del Río Paraná, lado Santa Fe, un impresionante incendio de unos 200 metros de ancho y 1 metro de alto.
En el lugar había dos embarcaciones y tres personas: el pescador Hugo Romero, oriundo de Pueblo Brugo, y otras dos personas. Según la información volcada en el expediente Romero dijo ser el puestero del lugar y que el fuego lo prendió por orden del dueño del campo: Jorge Alberto Elorza, también entrerriano.
En julio de ese mismo año, habían sido identificados los hermanos oriundos de Diamante, Pablo Rivero y Juan Carlos Rivero, ambos pescadores. Prefectura y Gendarmería los detectó en la isla “Las Ánimas”, prendiendo fuego. Ambos vivían con sus familias en el lugar y se dedicaban al cuidado de ganado bovino.
En enero de 2021, el titular del Juzgado Federal N°1 de Santa Fe, Reinaldo Rodríguez, unificó todas las acusaciones y dictó el procesamiento de siete hombres identificados en la zona por el delito de incendio con peligro común para los bienes. Sin embargo, con el paso del tiempo los implicados fueron solucionando sus cuestiones penales.
Sobreseimiento
Tanto el ganadero Elorza como el puesto Romero firmaron una suspensión de juicio a prueba. Uno ya la concluyó el otro sigue.
Según la resolución a la que tuvo acceso AHORA, la decisión, fechada el 13 de mayo de 2025, en favor de Elorza se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos establecidos tras la suspensión del juicio a prueba que le fuera otorgada. El pedido de sobreseimiento fue impulsado por los abogados Eduardo Daniel González y José Francisco Barbagelata Xavier.
Elorza había sido procesado y requerido a juicio por la presunta comisión del delito de incendio, tipificado en el artículo 186, inciso 1° del Código Penal. Ante esta situación, el imputado solicitó la suspensión del juicio a prueba. Tras la audiencia correspondiente, el beneficio le fue concedido por un plazo de un año.
Como condición principal para acceder a este beneficio, Elorza debía realizar una donación de 200.000 pesos a favor del Hospital Público Provincial de Pedro Brugo “L.G. San Martín”, entendida como una reparación del daño causado.
Según la resolución judicial, los controles efectuados posteriormente confirmaron el cumplimiento total de la donación establecida. Además, un informe del Registro Nacional de Reincidencia, requerido recientemente, no reveló la comisión de delitos posteriores al que dio origen a esta causa.
Dado que ha transcurrido el plazo de un año otorgado para la suspensión del juicio a prueba y se han cumplido todos los requisitos exigidos por el artículo 76 ter del Código Penal, el tribunal resolvió declarar la extinción de la acción penal y dictar el sobreseimiento de Elorza. Esto significa que el proceso penal en su contra por este hecho ha finalizado sin una condena.
Por otra parte, la causa continuará su trámite respecto del otro imputado, Hugo Rubén Romero. En su caso, la suspensión del juicio a prueba que le fue concedida aún se encuentra en trámite.
Deja una respuesta