Trabajadores dispensados con al menos una dosis de vacuna deben volver a sus tareas
Una nota de la cartera laboral buscó aclarar la confusión que había surgido entre una resolución conjunta de Salud y Trabajo, de abril pasado, y dos DNU posteriores.
El Gobierno debió aclarar que los trabajadores vacunados con al menos una dosis contra el coronavirus podrán ser convocados a retornar a la prestación de tareas presenciales por sus empleadores. Lo hizo el Ministerio de Trabajo mediante una nota que dirigió hoy a las autoridades de las carteras laborales de cada provincia ante la confusión que surgió entre una resolución de abril que señalaba ese retorno y dos decretos de necesidad y urgencia (DNU) posteriores que mantenían las dispensas laborales que arrancaron junto con la cuarentena.
La confusión surgió a partir del posterior dictado de los DNU 241 y 287 en los que volvía a consagrarse la vigencia de las dispensas laborales en su acepción más amplia con la inclusión de trabajadores mayores de 60 años, embarazadas o bien quienes formaran parte de algún grupo de riesgo confirme la normativa emanada durante la pandemia. En varios gremios y en grupos de abogados laboralistas habían interpretado que la publicación de los decretos había sido posterior a la resolución conjunta de ambos ministerios y, además, contaban con una jerarquía legal mayor por lo que implícitamente derogaban la vuelta al trabajo de los vacunados que había sido dispuesta el 9 de abril.
La incertidumbre tenía como una de sus aristas la situación de los trabajadores que debieran cuidar de sus hijos o menores a cargo en edad escolar alcanzados por el DNU presidencial que suspendió la presencialidad en el área metropolitana de Buenos Aires y en regiones con alta circulación del coronavirus, así como los docentes de esos distritos.
De ahí que hoy fuese emitida la nota aclaratoria al Consejo Federal del Trabajo con la firma del ministro, Claudio Moroni, quien a su vez instruyó al director de Prensa y Comunicaciones de esa cartera, Diego Mandelman para brindar las precisiones. El escrito ratifica la vigencia de la resolución conjunta número 4 “que regula la posibilidad de convocar a los trabajadores, incluidos los dispensados, debidamente vacunados que podrán retornar a sus actividades luego de transcurrido el tiempo considerado necesario para la inmunidad”.