NO CONCURRIR A VOTAR TRAE INCONVENIENTES VARIOS
El sufragio es universal, secreto y obligatorio, reza el artículo 37 de la Constitución Nacional.
No ir a votar es considerado una falta electoral y es pasible de sanciones y multas.
Los electores mayores de 18 y menores de 70 que no se presenten a votar este domingo 13 de agosto y no justifiquen ante la justicia nacional electoral (dentro de los 60 días de desarrolladas las elecciones) la ausencia en el proceso, deberán abonar una multa de $50 a $500.
De no ser pagada la multa, los infractores serán sancionados con la imposibilidad de realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales durante un año.
Quienes no voten en las PASO podrán igualmente a cumplir con su obligación en las elecciones generales de octubre. Si vuelven a faltar, deberán pagar otra multa de 100 pesos.