En el día de la fecha se publicó la Resolución General Conjunta 4263 entre la Administración Federal de Ingresos Públicos y el Ministerio de finanzas de Córdoba, cuya vigencia aplica a partir del próximo mes.

El nuevo sistema tiene como objetivo simplificar y unificar los trámites tributarios de orden nacional y provincial de aquellas provincias que adhieran al mismo. En este orden, quedan comprendidos dentro de este sistema los monotributistas que también resulten alcanzados por los ingresos brutos de las administraciones tributarias provinciales adheridas y por la contribución municipal y/o comunal que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios -cualquiera fuere su denominación-, en caso de corresponder.

El «Sistema» implica la recaudación y administración conjunta de los tributos correspondientes a los Regímenes Simplificados nacional, provincial y en su caso, municipal o comunal, que pudieren recaer sobre el pequeño contribuyente.

Los registros correspondientes a los regímenes de las administraciones tributarias provinciales que adhieran al «Sistema», se implementarán conforme lo que establezcan la AFIP y la Administración Tributaria local.

Por medio de la presente, se incorpora la Provincia de Córdoba al mencionado Sistema, quedando comprendidos todos los sujetos que, reuniendo los requisitos, tengan domicilio fiscal ante la AFIP en la Provincia de Córdoba. Se espera que en los próximos meses se adhieran el resto de las jurisdicciones.

 CARACTERÍSTICAS DEL ACUERDO FIRMADO

• El domicilio fiscal denunciado ante AFIP deberá ser coincidente con el informado a la administración tributaria provincial correspondiente.

• La adhesión al nuevo Sistema se formalizará a través del «Nuevo Portal para Monotributistas», opción «Alta Monotributo», con clave fiscal habilitada.

• La credencial de pago será única, y servirá para abonar: el impuesto integrado del monotributo, el impuesto sobre los ingresos brutos del Régimen Simplificado provincial, la tasa municipal -en caso de corresponder.

• La categorización y recategorización será unificada, y se regirá por las normas actuales del monotributo.

• Cuando exista una exclusión de oficio por parte de AFIP, la misma será informada por el organismo nacional al provincial y al municipal, y resultará aplicable desde ese momento. Cuando la exclusión la realice el organismo provincial, éste será el encargado de notificar a la AFIP y al organismo municipal de dicha situación para que actúan en consecuencia.

• Aquellos contribuyentes que sufran la baja automática del Monotributo por parte de AFIP, automáticamente tendrán los mismos efectos ante los impuestos provinciales y municipales.

Este nuevo sistema que se comenzará a aplicar tiene su correlato en el «Convenio Marco de Colaboración» firmado el 4 de julio del año pasado, entre la AFIP y el Ministerio de finanzas de Córdoba, en el cual se comprometieron a desarrollar acciones de cooperación mutua con el fin de optimizar la gestión en sus ámbitos de competencia, mejorar los servicios a los contribuyentes y fortalecer el control tributario.

Asimismo, el referido convenio estipula que los citados organismos implementarán un procedimiento unificado, a fin de promover la simplificación de trámites de los contribuyentes y la armonización de los Regímenes Simplificados nacional, de la Provincia de Córdoba y municipal o comunal.

Por Federico De Luca,