Rige desde hoy cuarentena administrada: qué se puede hacer y qué actividades funcionarán
Hasta el 26 de abril continuará el aislamiento obligatorio. Pero se sumaron algunas actividades a las que ya estaban permitidas
Cafiero tendrá la posibilidad de «exceptuar la prohibición de circular, al personal afectado a determinadas actividades y servicios o a las personas que habiten en áreas geográficas específicas y delimitadas», siempre que «medien» determinadas «circunstancias» y protolocolos, con autorización del gobierno nacional.
En ese sentido, fija que los mandatarios provinciales deberán hacer sus requerimientos «por escrito, previa intervención y asentimiento de la máxima autoridad sanitaria local, en atención a la situación epidemiológica respectiva».
En otro orden, también a partir de hoy las personas con discapacidad y autismo podrán a partir de hoy circular, en forma acotada en tiempo y espacio, acompañadas de las personas que las asistan para tener un momento de recreación en la zona de cercanía, según el mismo presidente Alberto Fernández lo explicó al anunciarlo, el viernes último.
Entre las actividades cuyo desarrollo, de manera regulada y administrada, quedó habilitado a partir de hoy se cuentan, además, las prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, según lo detallado en la Decisión Administrativa 490/2020 de la Jefatura de Gabinete, publicada el sábado por la noche en una edición especial del Boletín Oficial.
Allí también se habilitó el funcionamiento a partir de hoy de talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
Del mismo modo, el reinicio de la actividad se extiende a partir de hoy al rubro de venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas «únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta» y «en ningún caso podrán realizar atención al público».
También a la fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.
En tanto, en relación a la venta de artículos de librería e insumos informáticos, la norma del Ejecutivo establece que podrán operar «exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio» y «en ningún caso se podrá realizar atención al público».