Súper cepo al dólar: estallaron los memes tras la nueva restricción a los empleados
El hashtag #NoPodesComprarDolares explotó en Twitter durante esta jornada luego de que se dieran a conocer las nuevas restricciones del Banco Central para la compra del dólar ahorro.
Este martes, la entidad monetaria aclaró que los empleados de empresas privadas que hayan sido beneficiarias del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) no podrán tampoco acceder al cupo de 200 dólares ahorro mensuales.
Tras darse a conocer esta novedad, los memes en las redes sociales no pararon de generar burlas, utilizando la ironía y el absurdo, aunque muchos también se basaron en acusaciones.
«Si consumiste al menos un pack de 6 botellas de 2 lts de bebida cola Manaos en el último semestre», «Si tenés pie de atleta»; «Si te gusta el mondongo»; «Si cargaste la SUBE», y así muchísimos tweets que rematan con #NoPodesComprarDolares.
Estos son algunos de los memes:
Cuántos millones de ahorristas ya no pueden comprar dólares
Según confirmó el Banco Central (BCRA), los trabajadores que hayan percibido parte de sus salarios mediante el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), mediante el cual se abonaron más de 5 millones de salarios desde que se inició la pandemia, no podrán comprar dólar ahorro.
No obstante, la cantidad de trabajadores beneficiados efectivamente estaría entre 2,5 y 3 millones, dado que muchos percibieron la ayuda en más de una oportunidad. Actualmente, la sexta ronda del programa tiene abierta su inscripción.
Fuentes del BCRA aseguraron a iProfesional que estas personas ya están bloqueadas en las bases de datos que hoy están consultando los bancos.
Claro que, tomando a todos los que fueron excluidos por otras restricciones (IFE, tarjeta Alimentar, financiación de saldos por tarjeta, etc), el universo supera las 13 millones de personas.
«El ATP es un plan de asistencia, y está incluido en la comunicación «A» 7105. Los empleados no pueden comprar«, sentenciaron en la entidad de Reconquista 266.
La Comunicación a la que hace referencia la fuente establece que, antes de venderle dólares a un cliente, «las entidades financieras deberán obtener evidencia de la que surja que el cliente posee ingresos y/o activos consistentes con el ahorro en moneda extranjera, no siendo admisible que sea beneficiario de algún plan o programa caracterizado como de ayuda social –incluyendo los subsidios de carácter alimentario–».
Según la nueva interpretación oficial de ese articulado, el ATP funciona se puede homologar a un subsidio de carácter social o alimentario porque, según explicaron, el Estado ayudó a pagar sueldos de empresas que demostraron que no podían hacerlo. En ese sentido, entienden que la alternativa para el empleado era no cobrar el sueldo, lo que desembocaría en que, de todos modos, no podría comprar dólares.
Desde que se reanudó la operatoria cambiaria, con más rechazados que habilitados, los bancos chequean en una base de datos del BCRA la identidad de cada cliente que pretende comprar dólares. Esa base consume datos de otros organismos, como Anses o Afip.
De acuerdo con las fuentes de la autoridad monetaria, quienes habían percibido su sueldo con ATP ya estaban excluidos de lo que se podría llamar la «lista blanca» de compradores. Al mismo tiempo, afirmaron que seguramente seguirán inhabilitados en octubre.
Pero, ¿qué pasa con personas que, por ejemplo, cobraron con ATP sólo en abril o mayo? Falta claridad al respecto. Por ahora, ninguno podrá comprar dólares y resta confirmar si en algún momento «se limpia» el expediente y la persona puede volver a operar.
Confusión
Sin dudas, en los bancos y en los propios organismos de Gobierno, esta tarde reinaba la confusión. En entidades consultadas por este medio, no habían interpretado de la misma manera la Comunicación «A» 7105. «Por ahora no estaban excluidos. Tendrían que actualizar las normas y, con ellas, las bases», decían en un banco.
«Los bancos no vemos por qué se rechaza la compra. Sólo recibimos de la base de datos de Anses/BCRA una habilitación o no. No sabemos si es porque la persona tiene un IFE, una tarjeta Alimentar o cobró con ATP», explicaban otras fuentes del sistema financiero.
Esa misma confusión se replica sobre la restricción a comprar dólares para aquellos que tienen un préstamo congelado, ya que ni los bancos ni en los despachos oficiales logran explicar en forma concluyente si el cliente podría, eventualmente, renunciar a ese beneficio, actualizar su cuota y comprar dólares (ya sea su cupo oficial o Mep y contado con liquidación, en este caso).
Desde distintos bancos consultados, los análisis son variados pero dubitativos. Algunos creen que el cliente puede cancelar el congelamiento. Otros dicen que no está previsto renunciar a un beneficio impuesto (y renovado hasta fin de año) por Decreto.
Sin embargo, en las entidades contaron que entre hoy y mañana se reunirían con el BCRA para aclarar algunas «zonas grises» de la última normativa cambiaria. Estos encuentros técnicos con el regulador no son extraños pero se volvieron más frecuentes en las últimas semanas, tras la batería de regulaciones cambiarias que el organismo puso en marcha.
Todas las restricciones
A punto de iniciar un nuevo mes, el BCRA afina el lápiz con respecto a las restricciones que pesan sobre quienes quieran comprar dólares. Según las últimas explicaciones, entonces, ya no podrán usar su cupo de u$s200 aquellos que:
-Hayan cobrado alguna vez parte de su salario con el programa de Asistencia al Trabajo y la Producción.
-Tomaron un préstamo a tasa cero para monotributistas y autónomos.
-Perciben el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)
-Sean titulares de Asignación Universal por Hijo o Embarazo
-Reciban Tarjeta Alimentar
-Tengan congeladas las cuotas de sus préstamos hipotecarios, personales o prendarios. Estos, además, tampoco podrán operar dólar Bolsa.
–Refinanciaron la tarjeta de crédito con los planes impulsados por el Gobierno.
–Gastaron más de u$s200 con su tarjeta de crédito.
-Sean cotitulares de una cuenta en moneda extranjera, ya que solo pueden acreditar u$s200 por mes en la misma.
-Aquellos que no tengan ingresos declarados.