Desde este fin de semana los bares y comercios del rubro abrirán hasta las tres de la mañana. En tanto los comercios podrán atender al público hasta las 21, los fines de semana hasta las 24.

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Mediante el decreto 1247 y en el marco de la actual pandemia, la Municipalidad extendió los horarios comerciales habilitados para la atención al público y los de los emprendimientos gastronómicos a partir del 17 de noviembre, quedando de esta manera:

• Comercios en general

De lunes a domingo (incluido feriados): de 08:00 a 21.00
– Con servicio de delivery, hasta las 24:00

• Comercios dedicados al rubro bar y/o comedor

De domingos a jueves: de 08:00 a 24:00
Viernes, sábados y vísperas de feriado: de 08:00 a 03:00 del día siguiente
–Con servicio de delivery de lunes a domingos y vísperas de feriado, hasta las 24:00

• Comercios dedicados al rubro kiosco y/o venta de productos de almacén y/o dietética:

De lunes a domingos (incluido feriados), de 08:00 a 24:00

Asimismo se establece que todas las actividades deportivas y/o recreativas podrán realizarse, todos los días en el horario de 08:00 a 24:00.2941cb09-7fd8-4a93-8dc7-9584fc16949b

También se dispone que todos los comercios deberán para su funcionamiento dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios vigentes, debiendo respetar el distanciamiento social y demás medidas higiénicas, bajo apercibimiento de disponer su cierre preventivo por razones sanitarias. Requiriendo a la población en general la colaboración para el estricto cumplimiento de las medidas dispuestas y la toma de conciencia ante esta pandemia.

Para terminar, todas las disposiciones quedaran sujetas al monitoreo y control permanente de la situación epidemiológica y sanitaria por parte del municipio, pudiendo prorrogarse y/o modificarse en cualquier momento. Quedando facultado el servicio de Inspección General para hacer uso de la medida de cierre preventivo de aquellos establecimientos, locales y/o negocios en los que se constate el incumplimiento a lo establecido, así como también pedir el auxilio de las fuerzas de seguridad locales. Pudiéndose labrar las actas respectivas para su remisión al Juzgado de Faltas Municipal.9b046f8a-4d01-4c51-a535-8fbe7136e8f5