“El Estado está obligado a garantizar la interrupción del embarazo”
Con la entrada en vigencia de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) los efectores públicos están obligados a responder ante el pedido de abortos en la provincia, aseguró la responsable del Programa de Salud Sexual y Reproductiva de Entre Ríos, Lucy Grimalt.
La Ley 27.610 -que regula en todo el territorio argentino la IVE y su atención post aborto- entró en vigencia el domingo pasado, “lo que implica que, a partir de ese momento, cualquier persona con capacidad de gestar puede dirigirse a cualquier centro de salud u hospital y solicitar una interrupción de su embarazo, dentro de las 14 semanas de forma voluntaria sin ninguna causal y a partir de la semana 15 se necesitará certificar que esa interrupción sea porque corre riesgo la vida o la salud de la mujer o porque existe una violación”.
En ese sentido, la funcionaria indicó que en Entre Ríos “hay una base para garantizar la atención, que es la red de efectores y profesionales que vienen, paulatinamente, integrando el sistema que garantiza en la provincia desde el año 2017 la interrupción por causales y, ahora, para cumplir la Ley 27.610, se organizan reuniones en febrero con los distintos directores de los efectores para explicarles bien qué es lo que tienen que hacer desde la vigencia de la norma”.
Al respecto, remarcó que el Estado “tiene la obligación de garantizar el cumplimiento de la Ley”, pero aclaró: “Entendemos que no son todos los efectores los que están incorporados, por eso es necesario capacitar en relación a la salud reproductiva y no reproductiva a profesionales (médicos, ginecólogos, obstetras y a quienes están involucrados en la interrupción de un embarazo) que están a lo largo y ancho de la provincia”.
“Si se va a un efector y en ese lugar aún no se está realizando a interrupción, la ley dice que ese Efector se deberá derivar a un Establecimiento de salud que haga esa práctica médica; o llamar directamente al programa de Salud sexual y reproductiva y rápidamente se gestiona la articulación con el efector que sí realiza la práctica.
Esto debe ser en diez días desde el momento en el que la persona realiza la petición”, subrayó Grimalt, quien destacó que “por eso es tan importante que en esta primera etapa (hasta que la mayoría de los efectores tengas los servicios adecuados) se articule bien para garantizar el derecho adquirido”.
Además, comentó que lo centros de salud “están obligados, si no realizan la práctica a informar dónde se hace o, en su defecto, la mujer que solicita la Interrupción del embarazo puede llamar a la línea gratuita 0800-222-3444, que es la forma más directa para que podamos decirle a dónde ir y dónde se puede realizar la práctica, es más gestionamos el turno”. »Por eso nuestra recomendación desde el Programa de Salud Sexual y Reproductiva a las mujeres que solicitan Interrupción es que llamen al.0800 222 3444″.