A partir del decreto 396/18 rubricado por el gobernador Gustavo Bordet, desde abril se amplía el valor de los ingresos comprendidos para el otorgamiento de la exención en el Impuesto Inmobiliario.

Gobernador

Se suman a los 13.000 jubilados de menores ingresos que ya gozan del beneficio y que es financiado por quienes no pagaban como correspondía.

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) informó esta semana la vigencia del Decreto 396/18 que dispone una ampliación —a partir del 1 de abril— de los requisitos de haberes máximos para el otorgamiento de la exención en el Impuesto Inmobiliario para jubilados.

La norma, refrendada por el gobernador, eleva a 20.000 pesos los haberes totales por grupo conviviente que se consideran para solicitar la exención en el Impuesto Inmobiliario Urbano.

Hasta la fecha, y luego de la reforma tributaria, unos 13.000 jubilados y/o pensionados, titulares de vivienda única, dejaron de pagar el Impuesto Inmobiliario, y que a partir de abril se estima llevará alivio a otros 3000 jubilados al menos.

El director Ejecutivo de ATER, Sergio Granetto, mostró satisfacción por la decisión y recordó: «Este beneficio de exención total del impuesto sobre la vivienda de los jubilados entrerrianos que ha impulsado el gobernador Bordet a través de la Ley 10557 sancionada en diciembre, implica una menor recaudación obviamente, que se financia con lo que estamos incorporando en metros cuadrados de mejoras en convenios con los municipios, que se han sumado a este programa que denominamos M2, es decir más metros cuadrados”. Y agregó: “Conceptualmente esto implica que ampliando la base tributaria es posible financiar la reducción del impuesto para un sector que lo necesita, si bien este es un proceso que lleva tiempo y un proceso de trabajo metódico”.

M2: Trabajo de ampliación de base con municipios

Desde 2016 ATER lleva adelante un programa denominado M2 que se enfoca en la detección e incorporación de mejoras no declaradas que lleva suscrito más de 15 convenios con municipios de la provincia para el intercambio de datos catastrales.

En relación a esta metodología, Granetto convocó: «Necesitamos que más intendentes tomen la decisión política e instruyan a sus equipos de trabajo a comprometerse para que en cada localidad todos paguen equitativamente, eso hace posible que estas medidas puedan ser posible y se vaya bajando la presión tributaria, trabajando de modo articulado como nos ha marcado el gobernador».

Acerca del trámite del beneficio

Desde el área de Interior recordaron que el trámite está destinado a jubilados y pensionados, con ingresos totales de hasta 20.000 pesos por grupo conviviente y titulares de única vivienda. El trámite es personal y se puede concurrir a realizarlo en cualquiera de las 50 oficinas de atención que tiene la ATER en la provincia, portando la documentación de rigor.

Para más información y requisitos se puede consultar la web del organismowww.ater.gob.ar o comunicarse con el Servicio de Atención al Contribuyente, llamando al 0810-888-2837 de lunes a viernes de 8:00 a 13:00.