El maderero José Luis Machado fue sentenciado a más de seis años de cárcel por comercio de estupefacientes agravado por distribuir droga procedente de Paraguay en la región de Salto Grande.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná condenó al empresario José Luis Machado a 6 años y 10 meses de prisión efectiva por liderar y financiar una organización dedicada al tráfico de cocaína en Concordia y otras localidades de la región de Salto Grande. En la misma causa, Brian Sosa recibió una pena de tres años de prisión efectiva por su participación secundaria en el comercio de estupefacientes.
El adelanto del veredicto se conoció este lunes, luego del juicio en el que la Fiscalía Federal había solicitado siete años de prisión para Machado, como adelantó AHORA. Su defensa, integrada por las abogadas Brenda Vittori y Pablo Moyano Ilundain, había pedido la nulidad de las actuaciones y la absolución del empresario.
El tribunal, integrado por los jueces Noemí Berros, Emilce Rojas y Sebastián Gallino, dará conocer los fundamentos de la sentencia el próximo lunes 26 de octubre, informó Tal Cual Chajarí.
La investigación
Machado, propietario de aserraderos y de una fábrica de pallets en Federación, había sido detenido en 2024, en el marco de una investigación encabezada por la División Drogas Peligrosas de esa localidad.
La pesquisa derivó en una serie de allanamientos realizados en Federación, Concordia, Chajarí y San Jaime de la Frontera, que permitieron desarticular la organización a fines de octubre de ese año.
Según la acusación fiscal, el empresario adquiría estupefacientes a proveedores vinculados a Ciudad del Este, Paraguay, y coordinaba la distribución de la droga en distintas localidades de la región a través de terceros.
El 4 de diciembre de 2024, la jueza federal Analía Ramponi había dispuesto el procesamiento con prisión preventiva de Machado, acusado de organizar y financiar el tráfico de estupefacientes.
El planteo de la defensa
Durante los alegatos, la defensa solicitó la nulidad de las actuaciones iniciales de la investigación y de las pruebas que, según sostuvo, derivaron de esos procedimientos. También pidió la absolución al considerar que los elementos presentados durante el juicio no acreditaban la responsabilidad del empresario con el grado de certeza necesario para una condena.
De manera subsidiaria, los abogados plantearon que, en caso de una condena por comercialización de estupefacientes, no se aplicara el agravante por la intervención organizada de tres o más personas, al considerar que ese extremo no había sido probado.
Finalmente, el tribunal condenó a Machado por comercio de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas. En tanto, Sosa fue sentenciado a tres años de prisión efectiva por su participación secundaria en el delito.
