personal domestico
El acuerdo salarial que se cerró con un aumento del 33 por ciento para el trabajo en casas particulares se aplicará en dos tramos –en julio y diciembre- y determina, por ejemplo, que el sueldo de una empleada doméstica con retiro pasará en junio de $5.358 por 8 horas de trabajo, a $6322 y en diciembre ascenderá a $7126.

La hora de trabajo en las casas particulares está fijada en $43 y subirá a $50 en junio y $57 en diciembre.

El acuerdo se alcanzó en la reunión de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares que se realizó en el Ministerio de Trabajo y que establece una suba del 18% a partir del 1° de junio y 15% no acumulativo el 1° de diciembre. Además se acordó una mejora de 15% sobre el básico para la zona sur.

El siguiente cuadro ofrece las categorías y remuneraciones que rigen desde el 1 de junio

Categoría: Supervisora. Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo: Con retiro: Hora $61,50. Mensual: $ 7756,50
Personal sin retiro: Hora: $67,50. Mensual: $8640

Personal para tareas específicas: Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo. Personal : Hora: $64. Mensual: $8022

Caseros: Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. Hora: $54,50. Mensual $7030,50

Asistencia y cuidado de personas. Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas tales como: personas enfermas, con discapacidad. Niños/as, adolescentes, adultos mayores. Personal con retiro: Hora: $54,50. Me4nsual: $7030,50. Personal sin retiro. Hora $61.50, Mensual $7835,50

Personal para tareas generales. Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Personal con retiro: Hora: $51. Mensual $ 6322,50. Personal sin retiro. Hora $ 54,50. Mensual $ 7030,50

Adicional por zona desfavorable. Se aplicará por zona desfavorable un adicional del 15% sobre los salarios mínimos establecidos por cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las provincias de Neuquén, Rio Negro, Chubut, Santa Cruz o Tierra del Fuego.