El juez de Garantías de Gualeguay, Esteban Elal, resolvió en la tarde de este viernes prorrogar la prisión preventiva para el cura Juan Diego Escobar Gaviria, según se informó, luego del cuarto intermedio dispuesto esta mañana cuando se desarrolló la audiencia en la que el fiscal Federico Uriburu pidió la extensión de la medida preventiva hasta que finalice el proceso.

juan diego

 

Escobar Gaviria se sentará en el banquillo de los acusados a fines de agosto, cuando se ventilarán las pruebas colectadas en la Investigación Penal Preparatoria (IPP) por abuso de menores. El tribunal que lo juzgará será el de Juicios y Apelaciones de Gualeguay, compuesto por María Angélica Pivas, Darío Crespo y Javier Cadenas. La Fiscalía adelantó que pedirá una pena de 25 años de prisión.

El juez Elal resolvió, en consecuencia, “no hacer lugar al pedido de libertad efectuado” por los abogados defensores de Escobar Gaviria, Milton Urrutia y María Alejandra Pérez, y “en consecuencia prorrogar la prisión preventiva” de Escobar Gaviria “hasta que recaiga sentencia firme”. El cura deberá seguir detenido en la Unidad Penal N.º 5 de Victoria, según dispuso también el juez.

Además, Elal definió “no hacer lugar a la morigeración de prisión prevista en el art. 349 del C.P.P.”.

Posturas

En la audiencia, la Fiscalía pidió la prórroga de la prisión preventiva hasta que recaiga sentencia ya que “se trataría de un pedido de prórroga con plazo determinado”, atento que el juicio será en agosto. Y sostuvo que “se encontraban acreditados el peligro de fuga y el entorpecimiento procesal; el primero de ellos debido a la elevada pena con que en expectativa se conminan los hechos que se investigan, la cual fijaron entre 10 y 50 años e indicaron que en la remisión a juicio informaron que pedirían 25 años de prisión efectiva; también mencionaron la falta de arraigo, la doble nacionalidad del imputado y sus facilidades para viajar al exterior y mencionaron los problemas que hubieron en cuanto a la fijación de domicilio en la ciudad de Oro Verde”. También los representantes del Ministerio Público Fiscal hicieron alusión que “en el informe socio-ambiental se indicó que el imputado carecía de bienes, de familia y de domicilios fijos”, y que era “necesario garantizar la libertad de las declaraciones de los testigos -sobre todo de las víctimas de los hechos 2° y 3°”. A la postura de la Fiscalía adhirió la representante del Ministerio Pupilar.

Por su parte, los defensores de Escobar Gaviria expresaron que “a su entender no estaban dados los elementos como para dictar la prisión preventiva y que correspondía la inmediata libertad” del párroco, “o en su defecto, las morigeraciones previstas en el art. 349 del C.P.P.”. Puntualmente, los letrados “se quejaron del peligro de fuga y del riesgo de entorpecimiento procesal; en cuanto al
peligro de fuga sostuvieron que ya había sido descartado” en dos instancias anteriores, y “que la pena en expectativa no puede fundar el peligro de fuga, indicándose también, que el imputado tiene arraigo que siempre ha estado a derecho cada vez que se lo ha citado y que los problemas originados en el domicilio de Oro Verde no son de incumbencia del Sr. Escobar Gaviria”.

“Advierto que la existencia de la remisión a juicio sin ningún tipo de planteos desincriminatorios previos me permite avizorar con el grado de «probabilidad» que esta decisión demanda, que no estamos frente a una decisión del M.P.F. -la solicitud de remisión a juicio- que haya sido
arbitraria y/o descabellada”, sostuvo Elal al sostener la prorroga de prisión preventiva del cura. Y reforzó: “La lectura de los informes psicológicos sobre las declaraciones de las supuestas víctimas y ha sido contundente la descripción de la licenciada Bonzi sobre la fiabilidad del discurso de las víctimas. Estos elementos son relevantes para tener por acreditados con el grado de probabilidad que la instancia requiere, la existencia de los hechos y la posible participación del imputado en los mismo, situación que por otro lado no ha sido puesta en crisis en la audiencia”.

Respecto al “peligro de fuga basados en la falta de arraigo, la carencia de bienes y domicilio fijo, como así también la doble nacionalidad del imputado, sus viajes a su Medellín natal y la pena en
expectativa, de momento habré de compartir la opinión de los colegas Dumón y Acosta, quienes según lo manifestado por el Dr. Urrutia han descartado el peligro de fuga del imputado; lo cierto es que el avance del proceso a etapas posteriores a las cuales fuera descartado dicho peligro no es un dato menor, en efecto, el avance del proceso hacia sus instancias finales es un elemento que adecuadamente incrementa las chances de aplicación de este mecanismo procesal a los fines de privar la libertad cautelarmente”, advirtió el magistrado. Pero añadió: “A decir verdad, no existe ningún indicio objetivo dentro del legajo -o cuanto menos no ha sido invocado-, que me permita privar de la libertad al imputado por peligro de fuga y por ello aquí habré de darle la razón a los esmerados letrados Urrutia y Perez en su planteo”.

En cuanto al peligro de entorpecimiento procesal, Elal sostuvo: “El cúmulo de evidencia sobre el marco de presiones e intimidaciones que existen es harto suficiente como para que el imputado mantenga su privación de libertad cautelar hasta tanto se dicte sentencia en el juicio oral y la misma adquiera firmeza, dado que esta es la única posibilidad de valorar adecuadamente sobre la conclusión firme y definitiva del proceso, aventando cualquier posibilidad de influencia sobre la producción de evidencia. Para ello también me valgo de la gravedad de los hechos imputados y el elevado monto punitivo con el cual se conmina en abstracto los hechos investigados, y que en concreto el M.P.F. ha indicado como parámetro a solicitar en el plenario oral -25 años de prisión según sostuvo en la audiencia-, ya que quién se ve con una amenaza punitiva tan elevada, si antes de conocer ello habría buscado doblegar vía intimidación la psíquis de quienes serían las víctimas, con mayor razón intentará hacerlo ante tan elevada amenaza de pena”.

Por último, sobre la morigeración de prisión propuesta por la defensa del imputado, el juez Elal consideró: “No puede acompañarlos ya que aquí se hablan de presiones vía redes sociales, también se habla de mensajes por interpósitas personas y de intimidaciones personales, no advierto que una prisión domiciliaria ni ninguna otra medida de coerción menos gravosa pueda garantizar la tranquilidad y paz de consciencia a quienes deben declarar en un juicio oral, reconociéndose como víctimas de tan graves hechos como los aquí imputados”.

“Quién está en prisión domiciliaria hoy día con los avances tecnológicos tiene muy fácil acceso a redes sociales por cualquier vía, comunicaciones telefónicas, contactos con personas, etc., que pueden tornar ilusorio cualquier tipo de contralor, y lo que no podemos tolerar es que cuando se advierta una posible elusión a la guarda el daño ya esté ocurrido, de esa forma el descrédito en el valor justicia sería notable”, advirtió además.

El caso

La audiencia para pedir la prórroga de la prisión preventiva a Escobar Gaviria fue a primera hora de este viernes, ante el juez de Garantías de Gualeguay. Durante la tarde, Elal dio a conocer su decisión.

Escobar Gaviria lleva más de un mes alojado en la Unidad Penal de Victoria. Al cura lo defiende Milton Urrutia. Durante el comienzo de la causa Urrutia fue acompañado por su socio, Juan Pablo Temón, pero a las últimas audiencias asistió María Alejandra Pérez.

El cura fue denunciado en noviembre del año pasado por dos monjas del Colegio San José Castro Barros de Lucas González, por abuso de un menor de edad. La denuncia se presentó ante el defensor de Nogoyá, Oscar Eduardo Rossi, y la pesquisa estuvo a cargo del fiscal Federico Uriburu. A lo largo de la investigación se sumaron tres denuncias más del mismo tenor.

Escobar Gaviria estuvo a cargo de la Iglesia San Lucas Evangelista durante más de diez años. Fue apartado de ese lugar por parte del obispo Juan Alberto Puiggari, cuando se presentó la primera denuncia judicial. Entre el 22 y el 28 de agosto de este año enfrentara el juicio oral en su contra.

FUENTE: ANÁLISIS DIGITAL