El gobierno oficializó hoy la postergación hasta el 1° de julio, del incremento en el impuesto a la Transferencia de los Combustibles, según consta en el decreto 381/2019 publicado hoy en el Boletín Oficial.

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El decreto subraya que «las circunstancias actuales y la necesaria estabilización de los precios ameritan que la actualización realizada en el mes de abril de 2019, surta efectos a partir del 1° de julio de 2019, inclusive».

De acuerdo con esa norma, el Presidente de la Nación decretó que «el incremento en los montos del impuesto establecidos en el primer párrafo del artículo 4° del Capítulo I del Título III de la Ley N° 23.966, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, que resulte de comparar los valores actualizados al 31 de diciembre de 2018 con los actualizados al 31 de marzo de 2019, en los términos del artículo 7° del Anexo del Decreto N° 501 del 31 de mayo de 2018, surtirá efectos para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del 1° de julio de 2019, inclusive.

En los considerandos de la medida, se estableció que «en el artículo 7° del Anexo del Decreto N° 501 del 31 de mayo de 2018 se dispuso que la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), actualizará los montos del impuesto, en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, considerando, en cada caso, la variación del IPC que suministre el INDEC correspondiente al trimestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se efectúe».

Al mismo tiempo, el decreto subraya que «las circunstancias actuales y la necesaria estabilización de los precios ameritan que la actualización realizada en el mes de abril de 2019, surta efectos a partir del 1° de julio de 2019, inclusive».