El pedido de subasta lo realizaron los representantes legales de la municipalidad al Juzgado Civil y Comercial N° 3 del Tribuna local, para que dé lugar al remate del inmueble de la familia Giménez de calle Paraguay 76 y al vehículo Renault Megane, para recuperar el dinero faltante que el ex tesorero municipal substrajo de las arcas municipales. Al ser un bien ganancial solo se podrá subastar la mitad del inmueble. 


Cuando el 24 de abril del año pasado el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos resolvió no hacer lugar al recurso extraordinario general presentado por la defensa de Ángel José Giménez, y dejó firme la condena dictada por el Tribunal de la Cámara del Crimen de Gualeguay, quien desde entonces está cumpliendo la condena de 7 años y seis meses en la UP 2, terminó así siete años de espera para conocerse al culpable del mayor defalco municipal de la historia de Gualeguaychú. 
Así el buen nombre y honor del ex intendente Daniel Irigoyen, el entonces secretario de Hacienda Néstor Pérez y Pedro Pomés quien en ese momento se desempeñaba como contador general de la municipalidad, quedó subsanado. 
No obstante, el municipio sigue sin poder recuperar los $ 2.791.122, 92 más sus intereses que desaparecieron de las arcas municipales mediante 91 hechos delictivos comprobados por la Justicia, que fueron ejecutados durante el lapso de un año y medio que va desde el 6 de enero de 2004, hasta el 30 de junio de 2005 en la cual el Tribunal aplicó el caso en la figura del delito continuado, al ser evidente que el delito dio comienzo con el primer hecho punible y se extinguió en el último de ellos. 
Para poder recuperar algo del dinero sustraído por el ex tesorero municipal los representantes legales del municipio Alcira Martínez y Gustavo Razetto, iniciaron una demanda Civil el año pasado ante el Juzgado Civil y Comercial N° 3 a cargo del. José Victor Arakaki, con el fin de que el magistrado ordene la subasta del inmueble de la familia Giménez ubicada en calle Paraguay 76 y del Renault Megane dominio CWQ 931 propiedad del demandado. 
Según lo resuelto en la sentencia del 28 de mayo de 2012 por la Cámara del Crimen de la ciudad de Gualeguay se declaró a Ángel José Giménez, autor penalmente responsable del delito de peculado por comisión de 91 hecho bajo la modalidad de delito continuado en perjuicio de la Municipalidad de la ciudad de Gualeguaychú, por lo que fue condenado a la pena de prisión e efectiva cumplimiento e inhabilitación absoluta perpetua y de las accesorias legales. 
Al mismo tiempo, se hizo lugar a la demanda civil instaurada por el municipio condenándolo a abonar la suma total de $ 2.791.122, 92 más sus intereses desde el momento de los hechos dañosos, hasta el momento de efectivizarse los pagos. 
Esta sentencia fue luego confirmada el 14 de noviembre de 2012 por la Sala N°1 de Procedimientos Constitucionales y Penal del Supremo Tribunal de Justicia de la Provincia 

Inmueble como bien de familia 
La propiedad cuenta con 246 m2, pero el remate solo recaería sobre la mitad de la propiedad, debido a que al ser un bien ganancial, la otra mitad es propiedad de Gabriela María Rey su cónyuge en el momento en que el bien fue adquirido el 12 de julio de 2004. 
El inmueble embargado fue afectado el 20 de abril del 2005 al régimen de bien de familia ley 14.394, no obstante mediante el fallo de la Cámara del Crimen de Gualeguay, resultó posible determinar distintas fechas de sustracciones realizadas por Giménez, que se produjeron con anterioridad a la fecha en que el inmueble de calle Paraguay N° 76, quedo inscripto como bien de familia. 
Es así que 63 de los 91 delitos fueron cometidos por el ex tesorero municipal antes del 20 de abril de 2005. 
No obstante la limitación temporal indicada individualmente para los 63 delitos descriptos, implica que sobre ellos pueda aplicarse la garantía de bien de familia, haciendo inoperante los 28 delitos restantes cometidos luego del 20 de abril del 2005. 
El Ejecutivo pretende ahora que se ejecute la mitad de la propiedad y el auto de Giménez para lograr la devolución del dinero sustraído al municipio. 
“La sentencia que hoy ejecutamos expresa que Giménez no tuvo por finalidad sustraer caudales agotándose esa decisión en un solo acto. Existe una identidad de bien jurídico normativo, al afectarse la misma figura legal, aún cuando lo haya sido mediante ropaje de distintas modalidades delictuales”, se expresa en el sumario iniciado por los abogados del municipio que fuera presentado al Juzgado de Arakaki. 
Al tiempo que solicitan la “inoponibilidad” de la inscripción de bien de familia y ordenar la subasta del inmueble, para que el municipio recupere el dinero de la corrupción y sea devulto a la comunidad en obras o servicios. (El Argentino)