Saber para poder actuar. La Fundación Cauce, Cultura Ambiental-causa ecologista, elaboró una guía para poder actuar frente a daños y amenazas a la biodiversidad.

Guia ciudadana Cauce

El trabajo busca “recuperar el vínculo con la naturaleza” y con ella, contar con herramientas para ayudar a la tarea de “mantener a salvo los territorios de vida”.

En la guía, además del concepto de Monte Nativo, Quemas y Tráfico de Fauna Silvestre, se señalan las leyes y mandas constitucionales que protegen la biodiversidad en estos territorios y quiénes son las autoridades de aplicación. Con este trabajo, Cauce invita a las y los lectores a “proteger la naturaleza de la cual somos parte”.

En Monte Nativo, se detallan las distintas categorías (roja, amarilla y verde) que las clasifican, en función de mayor o menor protección que estos requieren; que especies arbóreas habitan en cada distrito, entre ellas, las que dominan las selvas mixtas; las del dominio chaqueño; las del distrito del Ñandubay y las del distrito Tala.

La guía, elaborada por Cauce, precisa cuáles son las normativas que protegen a los montes nativos y a la biodiversidad asociada a ellos, como el artículo 41 de la Constitución Nacional, que instituye la protección del derecho a un ambiente sano, disponiendo que “(…) Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales(…)”.

El artículo 22°, la Constitución de Entre Ríos, que también hace referencia a la protección e indica que, tanto autoridades como habitantes “(…) Tienen el deber de preservarlo y mejorarlo, como patrimonio común”.

La Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, dispone una base mínima de protección uniforme para toda la Argentina, que puede ser aumentada pero nunca disminuida por las regulaciones provinciales. Y la ley entrerriana número 10.284 fijando un ordenamiento territorial del bosque nativo de la provincia (en adelante, OTBN).

En un párrafo aparte, se especifica, cuáles son las infracciones que establece la ley 10.284 sobre la intervención sobre el bosque nativo sin autorización; alteración de los planes sin autorización; el transporte y tenencia de productos forestales sin guía; el desmonte; los incendios intencionales o por negligencia o se falsifique las declaraciones o informes.

Descripta las infracciones, también se ofrece los contactos de dónde denunciar el cambio de uso de suelos sin autorización. “Se puede dar un anoticiamiento de manera verbal a la autoridad a través de un llamado al Ministerio de Producción al siguiente número telefónico: 0343-4208892; o bien, realizar una denuncia formal, de manera escrita, ante el mismo organismo (Casa de Gobierno 1° Piso – Oficina 76 Gregorio Fernández de La Puente 220 +54 (0343) 4208892 / 4208433 int. 8168 – ministerioproduccion@entrerios.gov.ar)”, se especifica en la guía.

En cuanto a las Quemas, se brinda una detallada guía sobre las normas que regulan las que son consideradas legales y cuáles las ilegales. También lo que establece la Ley Nacional de Manejo del Fuego; la ley de Defensa de la Riqueza Forestal; la de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental y cuáles son las que rigen a nivel provincial.

En otro párrafo, se especifica cuáles son las infracciones y dónde se debe denunciar si se toma conocimiento de un foco ígneo. “En caso de visualizar una columna de humo o incendio rural, se debe llamar al 101 Policía; 100 Bomberos o a la oficina de Plan de Manejo de Fuego 0343-4840555 (horario de atención administrativa). Esto es técnicamente, un anoticiamiento a la autoridad. Cabe aclarar que, como ciudadano/a no debo determinar si la quema es legal o ilegal, sólo dar aviso a las autoridades para que éstas se encarguen de determinarlo”.

“Si se quisiera efectivizar una denuncia formal, debe realizarse por escrito, con pruebas (fotos, vídeos, grabaciones, etc.) ante la Secretaría de Ambiente de la Provincia”, se indica.

Por último, en cuanto a Tráfico de Fauna Silvestre, se señala las legislaciones vigentes de conservación y protección, cuáles son las penalidades en caso de infringir las normativas.

Además, se enumera cuáles son las especies amenazadas en el Litoral argentino y donde se debe denunciar en caso de advertir el tráfico de fauna silvestre. “Si un particular toma conocimiento de un tráfico de fauna silvestre, debe avisar al organismo competente a nivel provincial, es decir, la Dirección de Fiscalización, (llamando al 0343-4204882) o a la Policía (número 101). Dentro de la Policía, es el departamento de Abigeato el que se encargará de la denuncia y de poner en conocimiento de la situación a la Dirección de Fiscalización y a la Fiscalía, en su caso”.

DATA

La Guía ciudadana sobre biodiversidad puede ser leía en forma completa en:

http://cauceecologico.org/wp-content/uploads/2020/09/Gu%C3%ADa-ciudadana-sobre-biodiversidad-final.pdf