Los anteojos solo se podrán vender en ópticas
Victoria adhiere a la Ley Provincial 906Mediante la promulgación de la Ordenanza 4003, el intendente Domingo Maiocco adhirió a la Ley Provincial 9068 y su Decreto reglamentario 2863, que regula la actividad de los Ópticos Técnicos, Contactólogos y Casas de Óptica, manifestándose a favor de la salud de la población.
Dentro de los considerandos de la normativa se subraya que es necesario adoptar las medidas tendientes al control del ejercicio de esta actividad. Siendo totalmente ilegal el expendio, en comercios emplazados NO habilitados y/o sin óptico regente matriculado en la provincia de Entre Ríos, ni tampoco mediante vía ambulante, sea este gratuito u oneroso, de lentes oftálmicos ya sea para corrección de defectos visuales, protección y/o tratamiento de cualquier anomalía y/o patología visual.
En esta línea se sostiene que los vidrios simples, planos y de color, constituyen los denominados lentes protectores y tienen por misión defender los órganos de la vista de la acción nociva de diversas formas de radiaciones visibles o invisibles. Siendo las casas de óptica las únicas autorizadas a la exhibición y venta de todos aquellos artículos, elementos, instrumentos y aparatos relacionados con la óptica en general.
Se anuncia que se dará un plazo no mayor a 30 días de promulgada la ordenanza para que aquellos comercios y/o persona física y/o jurídica no habilitados puedan retirar dicha mercadería de su exhibición, publicación y venta. El área de Inspección Municipal será la encargada de realizar los controles y notificaciones para dar cumplimiento a esta ordenanza.
Para finalizar se informa que todo comercio y/o persona física y/o jurídica que no cumpla con esta ordenanza en primera instancia, será notificado teniendo siete (7) días para retirar los artículos elementos, instrumentos y aparatos relacionados con la óptica en general de su exhibición, publicación y venta. En caso de no retirarlos, la mercadería será incautada.