Régimen de licencia por nacimiento de hijo
Este martes la Comisión de Legislación Agraria y del Trabajo de la Cámara de Diputados tratará el proyecto de ley que modifica el Régimen de Licencias por Maternidad y por nacimiento de hijo para los padres. La iniciativa amplía de 90 a 180 días la licencia para las madres que den a luz y de dos a 15 para los padres que tengan hijos. Serán 210 los días de licencia en el caso de nacimientos múltiples, prematuros, de riesgo o de hijo con discapacidad.
El proyecto, que será abordado en comisión el martes, establece un nuevo “Régimen de Licencias por maternidad y por nacimiento de hijo para todos los empleados públicos del Estado provincial, en sus diferentes jerarquías, independientemente de su antigüedad y situación de revista, quedando comprendidos los empleados de los organismos centralizados y descentralizados”.
La iniciativa dispone la ampliación de 90 a 180 días de la licencia por maternidad: “La licencia de toda trabajadora del Estado provincial será de 180 días corridos, con goce de haberes, previa acreditación del embarazo en la forma y en el plazo que reglamentariamente se establezca” y “en caso de nacimientos pre término, el plazo será idéntico y se acumulará al descanso posterior al parto todo el lapso de licencia no gozado antes de aquél, hasta completar los 180 días”.
“La licencia por maternidad debe ser otorgada 30 días antes de la fecha estimada de parto y la trabajadora podrá optar excepcionalmente por reducir el plazo de licencia pre parto a 15 días corridos”, se indica.
El proyecto establece que se otorgue una mayor cantidad de días cuando haya nacimientos múltiples: “En caso de nacimientos múltiples, prematuros, de riesgo o de hijo con discapacidad, la licencia total por maternidad será de 210 días corridos, con goce de haberes”.
“Si el embarazo se interrumpiere por aborto espontáneo o por razones terapéuticas, luego de transcurridos seis meses de comenzado, o si se produjese alumbramiento sin vida, toda trabajadora estatal tendrá derecho a una licencia de 30 días corridos, con goce de haberes”, dice otro de los artículos.
En tanto, el artículo 5º hace referencia a la ampliación de licencia para los trabajadores que tengan hijos, que hoy tienen sólo dos días: “La licencia por nacimiento de hijo de todo trabajador del Estado provincial será de 15 días corridos posteriores al parto, con goce de haberes. En caso de nacimientos múltiples, prematuros de riesgo o de hijo con discapacidad la licencia por nacimiento de hijo será de 25 días corridos”.
Por último, se invita a los municipios y comunas de la provincia a adherir a las nuevas disposiciones.
• Fundamentos
En los fundamentos del proyecto, autoría de los diputados Laura Stratta, José Allende y Juan Reynaldo Navarro, se expresa que “la protección de la maternidad y de la lactancia materna constituye un derecho humano fundamental de las madres, así como de los niños y niñas, que debe ser reconocido por el Estado y la sociedad”, por lo que “el Estado tiene la obligación de respetarlo, protegerlo y promoverlo”.
A su vez, hace referencia a lo que establece la Organización Mundial de la Salud (OMS) y Unicef, que recomiendan la lactancia como alimentación exclusiva durante los primeros seis meses de vida.
La iniciativa da cuenta de estadísticas de la Dirección Nacional de Maternidad e Infancia, perteneciente al Ministerio de Salud de la Nación, que indican que durante 2007 el índice de bebés con lactancia materna exclusiva descendió del 57 por ciento entre los recién nacidos al 46 por ciento entre los niños de tres meses. El siete por ciento fueron destetados porque la mamá tuvo que volver a trabajar entre el nacimiento y los tres meses y el 15 por ciento entre los cuatro y los seis meses”.
“Si bien la decisión de amamantar es de las madres y de cada familia, es necesario crear las condiciones, eliminando los obstáculos, para que éste derecho pueda ejercerse plenamente”, se añade.
Los fundamentos del proyecto también hacen referencia al padre y se señala que “su presencia se vuelve fundamental para sostener a la madre durante los primeros días luego del parto, ya que ella deberá estar completamente dedicada a la atención del recién nacido y a recuperarse física y emocionalmente de un proceso tan movilizador como el nacimiento”.
“Por este motivo es necesario que su licencia se extienda al menos a 15 días, tiempo mínimo como para reorganizar la vida familiar luego de la llegada del bebé, y para que pueda asumir en condiciones de igualdad con la madre, el acontecimiento y las obligaciones derivadas en relación al cuidado del recién nacido, permitiendo así consagrar efectivamente sus derechos y deberes como padres de participar desde el nacimiento mismo de los hijos en la integración familiar”, se manifiesta.
Luego se hace referencia a lo que sucede en otros puntos del país y se informa que “cada vez más provincias han extendido ambas licencias”.
“La experiencia más reciente es el de Tierra del Fuego, donde se aprobó un proyecto que establece el régimen que amplía la licencia por maternidad a 180 días y a 15 días por paternidad. También Córdoba, en el año 2011, extendió la licencia a 180 días y a ocho por paternidad. Y en varias provincias existen proyectos de similares características”, se expresa.
El proyecto dice luego que “uno de los principales argumentos de resistencia a la ampliación de las licencias por maternidad y paternidad es que éstas generan mayores gastos a los gobiernos. Sin embargo, estudios realizados por la OMS, Unicef, la CEPAL y la OIT demuestran que si bien podrían ocasionarlos en un comienzo, esto se revierte en el corto plazo debido a las siguientes consecuencias: baja drásticamente el ausentismo de las madres por enfermedad de los hijos, los embarazos sucesivos son más espaciados, disminuyen notablemente los gastos en el sector materno infantil de la salud pública y disminuye el ausentismo escolar por enfermedad”, se destaca.
“Además, como la tasa de natalidad disminuyó en la Argentina en los últimos años, la cantidad de licencias de las que una mujer puede hacer usufructo a lo largo de su vida laboral no llega a ser significativa (dos o, a lo sumo, tres veces cada una)”, se agrega luego.
“Es importante destacar también que la lactancia materna protege el derecho a la salud de la mujer, pues reduce el riesgo de cáncer mamario y ovárico, de anemia por deficiencia de hierro, y de fracturas de caderas”.
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