Revocan la domiciliaria del represor Jorge Appiani y ordenan su regreso a la cárcel
La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por Noemí Berros, Roberto López Arango y Lilia Carnero resolvió en fallo unánime revocar la prisión domiciliaria otorgada al represor Jorge Appiani, condenado por delitos de lesa humanidad, y ordenó su inmediato traslado a la Unidad Penal N°31 de Ezeiza o al Instituto Penal Federal Campo de Mayo.
La resolución a la que tuvo acceso AHORA se tomó este miércoles tras una presentación realizada por los representantes de la Asociación Civil Hijos e Hijas por la identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio – Regional Paraná (H.I.J.O.S.); y los Fiscales, José Candioti y Leandro Ardoy, contra la resolución del juez Federal de Paraná Leandro Ríos, que el 25 de septiembre de 2023 le había otorgado el beneficio al represor por tener 70 años.
Appiani, que se recibió de abogado en la cárcel y había pedido en vano salidas transitorias e incorporarse al régimen de semilibertad para trabajar en un estudio jurídico, fue condenado en el marco de las causas Área Paraná I y II. Cuando recibió el beneficio se instaló en su departamento de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Entre los argumentos del fallo que le dio la posibilidad de salir de la cárcel se mencionó que superó el límite etario para estar en una cárcel según lo dispone la Ley Nacional de Ejecución de Penas, y que el temor de las víctimas de Paraná a tenerlo cerca mientras esté fuera de un establecimiento penitenciario se ve anulado al tratarse de una prisión domiciliaria monitoreada con tobillera electrónica en un departamento de Capital Federal.
Appiani fue condenado por su rol en el genocidio perpetrado entre 1976 y 1983, en las causas Área Paraná I y Área Paraná II. En la primera, recibió la pena de 20 años de prisión, y en la segunda fue condenado a 16 años de cárcel. Como esta última aún no se encuentra firme, no se dispuso la unificación de ambas penas. La Justicia, luego de una larga lucha de las víctimas, sus familiares y los organismos de Derechos Humanos, comprobó que Appiani cometió los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, por haber sido cometida por funcionario público con abuso funcional en concurso real con el delito de imposición de severidades, vejaciones y apremios ilegales, contra numerosas víctimas.
Ahora la jueza Noemi Berros decidió revocar lo dictaminado por Ríos y hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y revocar la resolución del 25 de septiembre de 2023. En ese sentido, Berros dispuso el alojamiento de Appiani en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza (unidad N° 31) o en el Instituto Penal Federal Campo de Mayo (unidad N° 34), previo requerimiento de cupo a tales efectos.
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