El Gobierno impulsa desalojos más rápidos para inquilinos que incumplan con el pago
El proyecto de Ley de Propiedad Privada propone un procedimiento judicial abreviado para reducir los tiempos de recuperación de los inmuebles ante casos de mora.

El Senado dio media sanción al proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, una iniciativa impulsada por el Gobierno nacional que propone modificar el régimen de desalojos con el objetivo de acelerar la recuperación de inmuebles cuando existan incumplimientos contractuales, ocupaciones ilegales o contratos vencidos.
La propuesta ahora deberá ser tratada por la Cámara de Diputados y mantiene un principio central: ningún propietario podrá desalojar por su cuenta, ya que la restitución de un inmueble continuará dependiendo de una orden judicial.
La principal modificación consiste en reemplazar el proceso judicial ordinario por un procedimiento sumarísimo, con plazos más acotados que permitan resolver los conflictos en mucho menos tiempo.
Según especialistas en derecho inmobiliario, el nuevo sistema permitiría que un juicio de desalojo pueda resolverse en un plazo estimado de entre cuatro y seis meses, muy por debajo de los tiempos actuales.
Un problema que se agravó en las grandes ciudades
Uno de los argumentos que impulsan la reforma es la demora que actualmente presentan muchos procesos judiciales.
En ciudades como Buenos Aires, Rosario o Córdoba existen edificios completos con departamentos ocupados por personas que dejaron de pagar hace años y cuya situación continúa sin resolverse por la lentitud de la Justicia. En algunos casos, los inmuebles permanecen ocupados durante más de una década mientras se tramitan los expedientes, llegando al momento del desalojo con un importante deterioro edilicio y generando cuantiosas pérdidas para los propietarios.
Se trata de casos extremos que no reflejan la realidad de todo el país. En ciudades intermedias como Concordia también existen conflictos entre propietarios e inquilinos, especialmente cuando vencen los contratos o se acumulan deudas, pero los casos de ocupaciones prolongadas durante muchos años son considerablemente menos frecuentes.
Cómo sería el nuevo procedimiento
La iniciativa establece que, ante una deuda por alquiler, el propietario deberá intimar formalmente al inquilino y otorgarle un plazo de 10 días para regularizar la situación.
Si transcurrido ese período no se cancela la deuda, podrá iniciarse el juicio de desalojo.
Además, el proyecto incorpora la posibilidad de solicitar la entrega anticipada del inmueble mediante una caución juratoria. Si el juez considera que están reunidos los requisitos legales, podrá ordenar la restitución de la propiedad antes de que concluya el proceso judicial.
Intervención judicial y garantías
La norma también regula la ejecución de las órdenes de desalojo.
El mandamiento podrá autorizar el uso de la fuerza pública cuando resulte necesario, así como el ingreso al inmueble y la apertura de cerraduras para concretar la restitución. Asimismo, prevé la designación de depositarios para conservar los bienes que permanezcan dentro de la propiedad.
También prevé sanciones para los propietarios
El proyecto no solo incorpora herramientas para agilizar los desalojos, sino que también establece mecanismos para evitar abusos.
Si durante el proceso el propietario ocultara pagos efectuados por el inquilino o falseara información vinculada al contrato, el juez podrá imponer una multa de hasta diez veces el valor del último alquiler, suma que será destinada al inquilino como compensación.
Con estas modificaciones, el Gobierno busca brindar mayor seguridad jurídica a quienes alquilan sus inmuebles, acortando los tiempos de resolución de los conflictos, aunque manteniendo el control de la Justicia como condición indispensable para cualquier desalojo.


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