El asesor letrado de la municipalidad, Héctor Márchese en conferencia de prensa, informo que en la jornada del jueves, que el juez de garantía de victoria, Alejandro Callejas, sobrepeso de todos los delitos que se le imputaban, al funcionario Claudio Fabián Dayde.

El magistrado en su dictamen, resolvió que no contaba el funcionario municipal, en no estar tipificado, como delito, el accionar de Dayde, cuando tomo intervención, en una canchita de futbol, denominada 8 de octubre, situada en calles mitre y America, donde procedió a retirar algunas palos y alambres, procediendo con el nivelamiento del terreno, todo ello, lo realizo a pedido de la asociación amigos de la comisaría de suburbio de nuestra ciudad.

Por lo tanto, no hubo ninguna intención de usurpación, menos aun de abuso de autoridad, por cuanto para constituir un delito de abuso de autoridad, debe existir un dolo directo, o sea, la acción de dañar o perjudicar a otro.

En este caso, se comprobó, que en una reunión, con la asociación amigos de la comisaria de suburbios , compadeció Fabián Dayde y se le pidió , dentro de sus facultades y dentro de la ley, procediera a limpiar el terreno, con elementos municipales , para evitar que allí, se acumularan, residuos, personas, que por ahí, eran extraños, donde también se utilizaba para ocultamiento de elementos robados, además, había alguna intención por algunas personas, de usurpar esos terrenos, ante esto, la justicia, considero que, el funcionario municipal, actúo de la medida que se lo autorizo y fue solicitado.

Ese lugar, se lo ha considerado como espacio publico, por los propios vecinos, donde hay una canchita de futbol.

El asesor letrado, Héctor Márchese, agrego, que ese terreno no es municipal, el propietario que figura, habría fallecido, donde habría intensiones de usurpación, por otras personas.

Agregando que, de cualquier manera, desde el municipio no se ingresa en la cuestión civil, lo que quede claro, que en esta causa, se le imputo a través de la fiscalía local, doctor Gamal Taleb, delito de abuso de autoridad y de usurpación al funcionario municipal, donde ninguna de las acusaciones quedo acreditado, dentro del accionar , por lo tanto se dicto el sobreseimiento y el archivo de las actuaciones, no dañando su buen nombre y honor