El Asesor Legal del municipio, Dr. Héctor Marchese, hizo referencia a la discusión relacionada con la aprobación de la ordenanza de estacionamiento  medido, que para unos debía ser 2/3 de los presentes mientras que para otros 2/3 del total del los miembros del Concejo Deliberante. Al respecto sostuvo que para otorgar la concesión de un servicio público se debe aprobar con las dos terceras partes del total de los miembros (8 sobre 11 ediles).

“En el caso del  estacionamiento rentado y el servicio de parquímetros, puedo afirmar que con la simple mayoría se puede aprobar”. Porque no se trata de una concesión (como sería por ejemplo la cantina de balneario) en este caso se trata de una contratación con un ente oficial (Altec Sociedad Mixta Estatal), que no requiere de un acto de  licitación. Abonando este concepto Marchese explicó que hubo un contrato que permitió adquirir el software pero la aplicación es municipal. Los empleados son de la comuna, la recaudación y multas son responsabilidad de esta última.
“No hay discusión de mayoría especial, además aprobaron la norma 2/3 de los presentes, que supera la simple mayoría y ampliamente le otorga legalidad al acto” señaló.
Allanamiento
La justicia intervino porque hubo una denuncia de una edil que se presentó ante una posible adulteración de documento público. Marchese no opinó específicamente sobre la razón que llevó al titular del Concejo a modificar el acta para que constaran dos tercios, si cree que no son necesarios; pero dijo que de acuerdo a la información que dispone, se iba a salvar un error después de escuchar el audio. En el acta figuraba que se aprobó por mayoría, pero en realidad fue votada por 2/3 de los presentes. Esto generó la actitud de la concejal Caballero de presentar denuncia ante la justicia.
Además remarcó que para que exista delito tiene que haber un dolo de por medio, un perjuicio para el municipio, además el acta estaba en elaboración, sin la firma del presidente del cuerpo y el secretario. Ocurre que siempre se pone a consideración para que después –de prestar el conforme los ediles– se firma y se aprueba.
Consideró por otra parte que la justicia, a su criterio, actuó en forma apresurada. Esto ocurrió un jueves al otro día se hace la denuncia aproximadamente a las 10 horas, en consecuencia se ingresaba en los días feriados de fin de semana. Posiblemente el Fiscal actuó pensando en una posible adulteración, sostuvo el funcionario, y consideró que está bien que la justicia actúe, pero se exageró. Cuando no queda posibilidad de investigar un hecho se actúa de este modo.
En realidad, explicó Marchese, el camino más directo era pedir dentro de las 24 horas la entrega del acta y el audio que obviamente no se puede modificar la grabación.
“Seguramente no hubo intencionalidad por parte del fiscal, pero da lugar a suspicacias, porque el allanamiento es la última medida extrema para resolver una denuncia, que podría haber seguido la vía administrativa” remarcó.
En esta misma edición se conoce la opinión del Fiscal sobre el mismo tema, explicando cómo funciona el procedimiento, con un Juez de Garantías que resuelve su pedido de allanamiento, y los fundamentos de su actuación.