Iván Maljovich fue sobreseído por difundir su opinión sobre el cannabis, pero quedó procesado por impartir instrucciones sobre cultivo y consumo. El juez federal de Paraná, Leandro Ríos, también lo envía a juicio por tenencia simple de estupefacientes.
La Justicia Federal de Paraná dio un paso contra una conducta que se daba por tolerada o admitida socialmente: procesó a un hombre por haber convocado públicamente y dictado talleres en los que impartía instrucciones sobre cultivo, producción y consumo de marihuana para consumo personal, además de hacerlo a través de redes sociales y medios de comunicación. También lo acusan por el delito de Tenencia simple de estupefacientes, porque la cantidad plantas y derivados del cannabis que había en su casa y en su local comercial no explicaría «inequívocamente» el uso individual, así como la siembra del vegetal y la guarda de semillas para la producción del mismo.
Se trata de Iván Gregorio Malajovich, de 33 años, comerciante y activista cannábico, quien a fines de julio del año pasado fue detenido tras allanamientos en su local de venta de parafernalia para la producción y consumo de marihuana, y unos días después excarcelado.
Se trata de una investigación sobre las Jornadas de Cultura Cannábica organizadas y convocadas por Malajovich, que culminó con las requisas.
La resolución del juez federal Leandro Ríos aborda varios aspectos. Uno de ellos es la acusación por preconizar (defender, apoyar o aconsejar públicamente) el uso de cannabis sativa. Si bien esto no solo quedó acreditado en la causa, sino que el mismo Malajovich lo manifestó en su declaración, el juez lo sobreseyó por este delito: «La mera expresión de opiniones a favor de la despenalización del consumo de estupefacientes no encuadra en las disposiciones del artículo 12 inciso a de la Ley Nº 23.737, ya que caso contrario acabaría siendo penada toda manifestación relativa al consumo de drogas que adopte una postura disidente con la línea que orienta la política estatal en la materia, lo cual resulta violatorio de la libertad de expresión».
No obstante, el juez considera que los talleres de convocatoria pública en los que Malajovich enseñó a los interesados a sembrar y cultivar plantas de cannabis, configuró el delito de «dación pública de instrucciones acerca de la elaboración de drogas, dada la influencia estimulante –aún potencial– sobre pasivos individuos receptores que dicho accionar supone, el cual excede los límites del derecho a la libre expresión para incardinarse en un comportamiento reñido con la Ley Nº 23.737, dada su específica finalidad de propagar el uso de estupefacientes por parte de terceras personas, brindándoles herramientas concretas en aras a la perpetración de tal cometido».
Este será el punto más controvertido de la resolución, y que tendrá amplia repercusión, ya que se trata de un tipo de actividad que desarrollan muchas personas en todo el país, y que incluso se refleja en la revista THC, una edición gráfica que se vende en kioscos hace varios años, cuyo contenido es similar a lo que ha manifestado Malajovich en los talleres.
Al respecto, Ríos fundamenta en su resolución: «Malajovich organizaba y publicitaba en sus redes sociales y, al menos en una ocasión, en la página web de un diario de amplia difusión local, jornadas o talleres abiertos al público en general, los cuales tenían por objeto impartir, esto es, dar a conocer, comunicar, exponer detalladamente, instrucciones acerca de la producción, fabricación, elaboración o uso de estupefacientes en el caso, relativas a cómo obtener o a cómo emplear la especie cannabis sativa, favoreciendo la propagación de técnicas que posibilitan el consumo de dichas sustancias por los destinatarios, inclinando su psiquis hacia el empleo de las mismas».