Miles de argentinos no tienen documentación; cuáles son los principales obstáculos que les genera

Tuvo problemas para ser atendida en hospitales. A sus hijos no les querían dar los boletines de la escuela. Trabajó en negro durante años. Por eso, cuando recibió el llamado de la buena noticia, se desmayó de la emoción. Verónica Machado pudo por primera vez, a sus 37 años, obtener su DNI.

«Antes para el Estado yo no existía. Ahora tengo un documento que me da una identidad, la vida se hace más fácil», cuenta, entre lágrimas, esta mujer argentina que vive en Pablo Podestá, partido de Tres de Febrero. Con su nuevo DNI, Verónica pudo comenzar a trabajar en blanco, y consiguió un empleo en un geriátrico. Su objetivo ahora es lograr que dos de sus hijos, que no podían acceder debido a que ella no tenía documento, ahora puedan adquirirlo.

Como Verónica, miles de personas en el país están indocumentados, lo que acarrea serios problemas para la vida cotidiana de estas personas. Si bien no hay cifras oficiales, un informe publicado en 2012 por el Observatorio de la Deuda Social Argentina (ODSA) de la Universidad Católica Argentina (UCA) y el Instituto Abierto para el Desarrollo y Estudio de Políticas Públicas (IADEPP) estimó que había aproximadamente 168.000 niños y niñas de entre 0 y 17 años nacidos en el país no tenía DNI.

«En el 99% de los casos, tiene que ver con la pobreza y la exclusión social. Muchas veces estas personas no tienen los medios o la burocracia los hace desistir de llevar adelante el trámite», explica Martín Scotto, director nacional de Relaciones con la Comunidad del Ministerio del Interior.

«Desde el Ministerio elaboramos un proyecto de ley con el objetivo de simplificar el trámite judicial de inscripción de nacimiento. El proyecto está en estudio en el área legal», sostuvo. «Proponemos que no se requiera de patrocinio jurídico. Toda la prueba la tiene que hacer el juez de oficio, para que no recaiga en el indocumentado. Y también que el juicio sea absolutamente gratuito y que la inscripción administrativa, que hoy es hasta los 12, se extienda a los 18 años», detalló.

En el mismo sentido se expresó Jorge Álvarez, director de Programas de IADEPP. «Creemos que el país vive una oportunidad favorable para revertir la situación de los miles de argentinos ya que existe la voluntad de articular los distintos sectores sociales y políticos para la confección de políticas de Estado efectivas», dijo.

¿Qué cosas no puede hacer una persona sin DNI?

No puede trabajar en blanco, ni de manera independiente, porque no se puede obtener número de CUIL ni CUIT

No puede acceder a beneficios de la seguridad social como la jubilación, la Asignación Universal por Hijo, ayuda por discapacidad, entre otros.

No puede votar

No se puede casar

No puede tener licencia de conducir

No puede tener una cuenta bancaria

No puede salir del país

Ahora tampoco puede ir a la cancha ni viajar en colectivo

Si bien muchas escuelas permiten (deben hacerlo) el ingreso de alumnos indocumentados, en muchos casos no pueden otorgarles diplomas ni certificados de cursos completados

En algunos hospitales (aunque no debería suceder) las personas sin DNI no reciben tratamientos médicos

Los procesos

Cuando un niño o niña nace en la Argentina, el trámite de su registro, que es gratuito, debe realizarse dentro de los cuarenta (40) días ante el Registro Civil próximo al lugar del nacimiento. Así, el menor queda registrado en una base de datos única en el Registro Nacional de las Personas (Ministerio del Interior). Ahí es cuando se le asigna un número único de identificación, que será el de su documento de identidad.

Pasados los 40 días del recién nacido, la inscripción está fuera del plazo legal. Sin embargo, hasta que el menor cumpla 12 años, los padres pueden realizar el trámite con dos

testigos que acrediten el vínculo en el Registro Civil correspondiente al distrito donde fue el nacimiento.

Las cosas se complican una vez que la persona pasa los 12 años. A partir de entonces, se debe llevar a cabo un juicio de inscripción fuera de término, a través de un trámite en la Justicia Civil competente y con la intervención de un abogado. Este proceso suele demorar mucho tiempo.

¿Dónde se inicia el juicio de Inscripción fuera de término?

Primero dirigirse a la Defensoria Civil próxima al domicilio de residencia del indocumentado con la constancia de Parto si la posee. En caso que no la tenga, la mayor precisión posible de fecha y lugar del nacimiento si el mismo fue en un hospital.

En caso que el parto se haya llevado a cabo en un hogar particular o en la calle acercar a dos adultos en condiciones de ser testigos de dicho nacimiento.

¿En qué consiste el Juicio de inscripción fuera de término?

El juicio de inscripción fuera de término es la herramienta legal por la cual el indocumentado podrá acceder a tramitar su DNI luego de resolver tres incógnitas;

– que una persona nació y no fue inscripta

– que no esta anotada con otro nombre

– que existe relación entre su edad presunta y su masa corporal.

¿Cómo demostrar que una persona nació y no fue inscripta?

El juicio comienza cuando el Defensor, por medio de un oficio Judicial, solicita al Registro Provincial donde se haya llevado a cabo el parto, si existe constancia de que una mujer (allí irán los datos de la Madre de la persona indocumentada) dio a luz a un niño /a en la fecha y el hospital señalado.

Si no fue inscripto al nacer, el Registro Provincial de las Personas entregará un certificado Negativo que demostrará que un niño /a nació y no fue inscripto.

¿Cómo demostrar que no está anotado/a con otro nombre la persona indocumentada?

En el transcurso del juicio el juez solicitará se busque por medio de huellas dactilares si la persona que dice estar indocumentada no está inscripta. Al no aparecer inscripción alguna, se podrá demostrar que el indocumentado no está inscripto con otro nombre.

¿Se debe seguir el trámite una vez que tenemos el Certificado Negativo?

Hay que volver a la Defensoría Civil donde inicio la solicitud de Certificado Negativo para que allí le den curso al Juicio de Inscripción Judicial, donde le informarán los pasos a seguir.

¿Cómo demostrar que existe relación entre su edad presunta y su masa corporal?

El Juez deberá solicitar a un médico legista que este informe el sexo y la edad aproximada de la persona indocumentada.

¿Qué deben hacer los niño/as menores de 12 años?

Para realizar la inscripción de niño/as menores de 12 años, sus Padres (o una persona en la figura de Denunciante) deben dirigirse al Registro Civil más cercano al lugar de nacimiento y presentar:

. Certificado de Nacimiento o Constancia de Parto, realizado por establecimiento público a efectos de precisar el sexo y la edad presunta del causante. En caso de no contar con el Certificado de Parto deberán llevar dos testigos que acrediten el parto con una declaración jurada en la Justicia.

. Dos personas con capacidad de ser testigos mayores edad, con DNI.

. DNI de Padre y Madre, en el caso que ambos lo reconozcan.

Fuente IADEPP