En el transcurso de la semana se clausuro una vez más, un supermercado de origen oriental en la ciudad – algunos cuidados en el momento de adquirir algún producto y el trabajo bromatológico que se debe cumplir

En la jornada de este miércoles en horas de la mañana, el personal de bromatología realizo una inspección en un supermercado oriental de calle 25 de mayo entre Junín y Vélez Sarsfield de nuestra ciudad.
El hecho ocurrió cuando, una clienta del comercio lleva una fotografía de un paquete de fideo con materia fecal de ratones, dejándolo a disposición del personal de bromatología. Inmediatamente se informa a la secretaria de seguridad, donde comienza una serie de gestiones en forma conjunta con el juzgado de faltas, en la cual se determina, el cierre del local comercial por desinfección.
Se labra el acta correspondiente por el cierre de desinfección, donde el comercio debe cumplir con esa normativa, quedando personal de la secretaria mencionada de custodia en la zona aledaña al lugar.
En horas de la tarde del miércoles, se constata que en el comercio, se esta vendiendo mercadería por uno de los laterales del negocio, sin la autorización correspondiente.
Ante esta situación el personal de la secretaria informa al juzgado de faltas, el incumplimiento de la infracción, dictaminando la clausura por un periodo del comercio oriental.
Es de destacar el seguimiento que tuvo el personal bromatológico con este trabajo para con la situación del cual fue denunciada por un cliente ante la falta grave de constatar materia fecal en las góndolas diseminada en varios sectores del supermercado , comprobando fehacientemente de lo denunciado.
Es la segunda vez, que se labra un acta a este comercio, por infracción a la parte bromatológica, donde ha intervenido el personal municipal.

Las principales acciones que se llevan a cabo desde el organismo de bromatología municipal son:
a) Ejercer el poder de Policía, que le es indelegable, para hacer cumplir las disposiciones legales originadas en la nación, en las provincias o en la propia municipalidad.
b) Interesar, asesorar y promover en las autoridades superiores de quien depende, la adopción de Ordenanzas o Decretos Municipales para reglamentar la actividad en el ámbito de su accionar como funcionario público.
c) Promover, colaborar y llevar adelante programas y acciones tendientes a mejorar el conocimiento de la población sobre educación e higiene alimentaria.

2. GESTIÓN BROMATOLÓGICA MUNICIPAL
Dentro de la estrategia adoptada en Salud Pública, el control y la vigilancia sanitaria de los alimentos constituyen un tema de principal preocupación para las autoridades municipales.
La estrecha relación entre, alimento, alimentación, enfermedad y salud, han obligado a diseñar programas y acciones especificas para disminuir los riesgos sanitarios causados por deficientes condiciones de producción, procesamiento, transporte y comercialización de los alimentos.
Las acciones oficiales buscan además, prevenir riesgos futuros, por lo cual se adoptan estrategias enmarcadas en el campo de la atención primaria de la salud.
Por ello, el municipio establece o debe establecer un conjunto de pautas reglamentarias que abarcan todo el ciclo de producción y comercialización de los alimentos y que comienzan con la misma radicación de la fabrica o comercio, ya que existen lugares, cuya proximidad a industrias contaminantes, hacen inconvenientes ciertos lugares de la ciudad para establecer industrias alimentarias.
La materia prima o el producto, subproducto o derivados utilizados como alimento, los ingredientes y aditivos, el agua, etc., son el primer paso en el control higiénico-sanitario y de calidad en el orden municipal, ya que un producto contaminado o de mala calidad desde su origen, difícilmente será mejorado con el procesamiento industrial o el envasado, por ello, compete a la autoridad local asegurarse que dichos productos ingresen al municipio, munidos de los correspondientes certificados de origen que avalen la calidad e inocuidad del mismo por lo que se deberán establecer los controles correspondientes.
Luego, establece determinadas condiciones constructivas, (según cada rubro y producto) de los establecimientos procesadores, fabricas y locales de expendio de alimentos para evitar el empleo de materiales que supongan riesgos de contaminación por sustancias tóxicas o microbianas y faciliten la higiene del lugar. Los materiales, que en general recomienda u obliga adoptar la autoridad municipal, han sido previamente estudiados y analizados por las autoridades sanitarias de la nación o las provincias, o aún la propia municipalidad, por lo que, tales exigencias no son fruto de caprichos, sino de argumentos serios que es necesario conocer y difundir, a fin de que los comerciantes lo adopten voluntariamente y lo sientan como una recomendación útil y beneficiosa.
De igual manera, el transporte entre el centro de producción y la distribución interurbana debe ser realizado en vehículos apropiados que aseguren mantener las condiciones de frío si el producto lo requiere, higiénico en todos los casos y en óptimas condiciones para asegurar una rápida distribución, la autoridad sanitaria deberá establecer tales condiciones, habilitar y controlar los vehículos periódicamente para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto.
Estas y muchas otras actividades deben ser llevadas a cabo desde el Ente municipal de control sanitario de alimentos, lo que implica contar con una dependencia organizada y personal profesional, administrativos y auxiliares suficientemente capacitados.

Actividades y estrategias bromatológicas municipales
Globalmente enumeramos tres acciones principales que competen a bromatología municipal, sin embargo, existen un sinnúmero de actividades que deben ser desarrolladas para cumplir acabadamente esas estrategias, todas ellas concurren a un mismo fin, la Salud Pública.
El siguiente es un resumen de las principales estrategias y acciones a seguir:
l) Establecer un sistema preventivo y de vigilancia epidemiológica para enfermedades trasmitidas por alimentos inaptos para el consumo.
2) Detectar brotes de intoxicaciones y enfermedades por alimentos y promover eficaz y rápidamente las medidas para su control.
3) Integrar un programa de comunicaciones y asistencia con los organismos nacionales o provinciales que trabajan en la protección de alimentos.
4) Generar y difundir información y estadísticas sobre alimentos, nutrición y enfermedades de origen y transmisión alimentaria.
5) Realizar o derivar a laboratorios especializados las muestras de rutina u oficiales para los análisis requeridos.
6) Ejecutar y coordinar actividades de laboratorio y cruce de información con organismos oficiales.
7) Habilitación, control y seguimiento higiénico-sanitario de fábricas, industrias y transportes de alimentos.
8) Promover y favorecer la instalación de industrias y comercios de acuerdo a procesos y tecnologías sugeridos por la ciencia alimentaria.
9) Establecer convenios de capacitación y apoyo con Universidades y centros de investigaciones del sector.
10) Asesorar a productores, comerciantes y consumidores sobre normas de calidad, sanidad y legislación alimentaria.
11) Apoyar y favorecer la constitución de Cámaras y Asociaciones de productores y comerciantes de productos alimenticios.
12) Asistir en todos sus requerimientos a las Ligas o Asociaciones de Consumidores.
13) Ejercer en el ámbito municipal, los poderes indelegables de policía sanitaria y hacer cumplir la legislación alimentaria vigente.
14) Fijar o controlar el cumplimiento de parámetros y normas estándar y de aptitud bromatológicas, desde la producción hasta el consumo de los alimentos que ingresan, se producen, procesan y comercializan en nuestra jurisdicción municipal
15) Reglamentar las condiciones constructivas y edilicias de fábricas y comercios de alimentos de acuerdo a normas higiénico-sanitarias recomendadas.
16) Propender a un ordenamiento de rubros comerciales y denominaciones de productos (salvo aquellos autónomos o regionales) similares a los establecidos por los Códigos y Reglamentos nacionales o provinciales.
17) Solicitar a las autoridades nacionales la inclusión de productos regionales, sus parámetros de calidad y aptitud bromatológica en la legislación alimentaria.
18) Certificar condiciones de habilitación y producción de alimentos locales ante requerimiento de otras jurisdicciones.
19) Promover programas de divulgación y extensión en establecimientos educacionales sobre alimentos y alimentación sana.
20) Elaboración y difusión de mensajes a la población sobre alimentos.
21) Dictar o colaborar en el dictado de cursos prácticos para manipuladores de alimentos.
22) Otras.