El 1º de junio la Legislatura de la provincia de Entre Ríos publicó la Ley Nº 10366, promulgada el pasado 11 de mayo para la labor de los ladrilleros, que tiene por objeto la creación de un Registro Provincial de Ladrilleros Artesanales, en el marco de la promoción y regularización de la actividad en Entre Ríos.

Según esta norma, el Registro deberá organizar una base de datos que permita reconocer a quienes desarrollan en forma artesanal la fabricación de ladrillos para la construcción, las condiciones en que lo hacen y los volúmenes de producción y términos de comercialización propios de la actividad.

También insta a definir como productor ladrillero artesanal a toda persona física o entidad legalmente constituida, dedicada a la producción de ladrillos moldeados a mano y cocidos en hornos, que utilice para su elaboración materia prima local y sea comercializado en primera venta por los productores artesanales o por los titulares de esos mismos emprendimientos, cuya producción anual no supere las 750.000 (setecientas cincuenta mil) unidades.

Serán Autoridad de Aplicación, la dirección de Minería, dependiente del Ministerio de la Producción de la Provincia de Entre Ríos, o del organismo que en el futuro la reemplace.

Dentro de los objetivos que se persiguen con esta regulación en el apartado d) se puede leer: “Propiciar la inclusión de los trabajadores y fabricantes en el régimen de seguridad social e impositivo vigente, logrando los beneficios del sistema de seguridad social y dar cumplimiento a las obligaciones impositivas para los trabajadores de la actividad”.

También se creará una Mesa de la Actividad Ladrillera (Art. 6º), donde la autoridad de aplicación convocará a la articulación y coordinación de acciones tendientes a promover la actividad ladrillera artesanal, el mejoramiento de las condiciones laborales, la apertura de espacios y mecanismos de comercialización justa tendiendo a la optimización de la capacidad productiva del sector.

Dicha Mesa estará integrada por un representante de cada una de las siguientes áreas:

Ministerio de Trabajo, Ministerio de Desarrollo Social, Secretaría de Medio Ambiente,

Instituto Nacional de Tecnologfa Industrial (INTI), Secretaría de Agricultura Familiar de la

Nación, Mesa Nacional del Ladrillo y Unión Obrera Ladrillera de la República Argentina

(UOLRA), pudiendo incluir otros organismos que considere pertinentes a los fines propuestos.

En el caso de monotributistas sociales o monotributistas sociales agropecuarios y cooperativas debidamente constituidas, se deberá incorporarlos al régimen de promoción de la economía social vigente.

Impacto local

En Victoria se trata de una actividad que en su mayoría es realizada por el jefe de familia y sus hijos, contratando peones ocasionalmente, pero no es una actividad organizada con horarios especificados, ropa de trabajo, ni la serie de cuestiones que se deslizan en una ley de las llamadas ‘de escritorio’, porque a simple vista se puede notar la falta de conocimiento de la temática, y/o el contexto en el que se desarrolla.

Los lugares donde se establecen los ladrilleros son generalmente cedidos por dueños que necesitan bajar las pendientes de sus terrenos, y optan por acordar la paga con el producto en cuestión. Zona de chacras, y en el sector contiguo al basural se puede notar que se concentra el mayor número de estos trabajadores. Hoy el valor de los 1.000 ladrillos supera los dos mil pesos, pero no se trabaja durante todo el año, y es una actividad que no siempre está a la orden del día, se podría decir que depende más de las condiciones del clima y de la buena voluntad de quienes necesitan de este insumo para construir y están dispuestos a esperar que el ladrillero ‘queme’, como suele decirse en la jerga.